Una madre ha ganado la batalla en contra del hospital que cuidaba su hijo. El Tribunal Supremo ha sentenciado al Servicio Catalán de la Salud y el Hospital San Joan de Déu de Barcelona para discriminar un niño con una enfermedad rara al denegarle el acceso excepcional a un medicamento en fase experimental. Tal como se ha estipulado, el órgano de salud catalán y el hospital se interpusieron entre la madre y el Servicio Nacional de Salud al denegar el medicamento cuando no tenían competencias y estaban yendo en contra las recomendaciones de los médicos. El TS ha expresado que tendrían que haber dejado que fuera el servicio estatal quién estudiara la petición. Según la defensa, la negativa del hospital a tramitar la solicitud se basó en informes emitidos por diferentes instituciones en el ámbito estatal y autonómico y en que el enfermo estaba excluido del Sistema Nacional de Salud.
El tribunal ha fallado a favor de la demandante que presentó un recurso después de que el Hospital San Juan de Dios de Barcelona le denegara en varias ocasiones el acceso a la financiación pública de un medicamento no autorizado en el estado español. En este caso, la madre ha acusado el hospital de discriminación y un tribunal ha avalado su queja, puesto que no había ningún motivo por el cual el centro hospitalario tomara esta decisión, sino que se lo tendría que haber dejado hablar con el Servicio estatal de salud y -si fuera el caso- tendrían que haber estado ellos los que le denegaran.

Un medicamento no aprobado pero con pacientes activos
En concreto, el hijo menor de edad tenía distrofia muscular de Duchenne, una enfermedad degenerativa rara y su madre pedía el acceso individualizado al medicamento Translarna, el principio activo del cual es
La sala subraya que “la existencia de este trato discriminatorio e injustificado no queda privada de razón por la situación clínica del medicamento que sería objeto de la autorización excepcional, sobre todo cuando en el momento de la solicitud el