Nueva interlocutoria del instructor de la macrocausa de el Tsunami Democrático contra los intereses de las defensas. De hecho, esta vez el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel Garcia Castellón, ha obtenido el apoyo del fiscal del caso, Miguel Ángel Carballo, antes de ser cambiado de destino. En una interlocutoria, a la cual ha tenido acceso El Món, el juez ha resuelto en contra la petición de acceso al resto de causas contra el independentismo que habrían alimentado el sumario del Tsunami. También niega, con un punto ofendido, haber maniobrado para quedarse la investigación contra los políticos y empresarios ahora imputados por terrorismo a raíz de las protestas por la sentencia del Proceso.

En concreto, el pasado 7 de marzo, la defensa de Oriol Soler y Oleguer Serra, que dirige Benet Salellas, reclamó al juez instructor el acceso a las diligencias previas 104/2017 y 99/2018, así como los certificados de cuando se empezó a investigar el Tsunami por parte de la Guardia Civil y si se cumplieron las normas de reparto. Jefe de las peticiones ha sido aceptada ni por el juez ni, previamente, por el fiscal del caso. Así mismo, niegan que sea una investigación prospectiva o una causa general. Por otro lado, el juez carga con el mochuelo contra los abogados para poner en entredicho el sistema en que la causa ha recaído -como todas contra el independentismo- en el juzgado del cual es titular. Las defensas ya han anunciado recurso de apelación ante la sala de lo penal que preside el magistrado Félix Guevara.

Miguel Ángel Carballo, en un momento de presentar su informe final
Miguel Ángel Carballo, en un momento de presentar su informe final

El magistrado, ofendido por las acusaciones

En su resolución, de cinco páginas, el magistrado no se abstiene de criticar con acritud las defensas para poner en entredicho su imparcialidad. Así, considera que ya encuentra bien que las defensas recorran su figura, pero añade que «resultaría deseable que al hacerlo se apoyen a elementos sólidos y no en especulaciones vagas que poco aportan de cara a la finalidad sustancial de esta fase del procedimiento que es clarificar los hechos investigados».

«En este caso, se pretende poner en entredicho la imparcialidad del instructor con base en una hipotética infracción de las normas de reparto de asuntos entre los juzgados centrales de instrucción», escribe el juez. Y reprocha que esta alegación se haga «sin más apoyo que la existencia de varias investigaciones que comparten a parecer del solicitante una finalidad esencial de persecución del independentismo catalán, sin tomarse la molestia de concretar la norma de reparto que considera infringida».

Nada de vulnerar el derecho a la defensa

La interlocutoria continúa con reproches hacia las defensas, sobre todo, cuando replica la alegación de vulneración del derecho de defensa. Así, el juez responde que si bien admite que se comenzó por un procedimiento instructor previo, este hecho «no genera por sí mismo, el derecho a trasladar el procedimiento de origen a las partes imputadas». «Más aún», aduce el magistrado, «si se pretende evitar el riesgo de incurrir en investigaciones que puedan ser tildadas de causas generales como las que afirman que sufren las defensas, el juzgado se tiene que esforzar al evitar que se mezclen en una genérica instrucción objetas que permitan su análisis separado».

En esta línea defiende que la pieza separada que ha generado la investigación del Tsunami se ha hecho para «concretar» las pesquisas. Por lo tanto, el magistrado sentencia que las peticiones de acceso a las diligencias anteriores a la causa del Tsunami y que, precisamente, la han generado, «no resultan útiles, pertinentes o necesarias para el esclarecimiento de los hechos».

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