Sin tregua alguna. Ángel Hurtado, el magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo que instruye la causa abierta al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, -defensor de la aplicación de la ley de amnistía contra el criterio de la alta magistratura- y a la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez Fernández, no quiere detenerse y ha pisado el acelerador. Así ha rechazado la petición de ambos fiscales investigados por un presunto delito de revelación de secretos de «suspender cautelarmente el análisis del material confiscado en la diligencia de entrada y registro en sus respectivos despachos».

En un auto al que ha tenido acceso El Món, el magistrado carga contra la queja de los investigados relativa al acceso inmediato al material por terceros externos al tribunal. «Sea cual sea el sentido que se quiera dar a esta manifestación, hay que insistir en que el material se puso en manos de una unidad de policía judicial, al servicio de este instructor, del cual no hay razones para dudar ni de su tarea ni de su celo, como la práctica judicial nos demuestra”, advierte el magistrado.

Sede de la Fiscalía General del Estado donde se ha celebrado la Junta de Fiscales Gustavo Valiente / Europa Press
Sede de la Fiscalía General del Estado donde tiene el despacho Álvaro García Ortiz que fue registrado / Europa Press

No hay extralimitación

En la resolución, el magistrado niega la extralimitación del objeto del proceso que alegaban los investigados. Todo por la cantidad de información confiscada a la vista del plazo temporal del cual se han solicitado las intervenciones -del 8 de marzo hasta el 30 de octubre de 2024. Para el juez hay que diferenciar «la necesidad de recoger material con vistas a un eventual aseguramiento de prueba que podría perderse, y la parte concreta que, en ese momento, se consideró objeto de investigación». «De ahí que para evitar dudas», continúa el magistrado, «se dictó el auto de 8 de noviembre de 2024, que lo limita a los días 8 a 14 de marzo de 2024”.

“No niego que entre el material intervenido pueda haber información de otro tipo, que no sea de interés para la investigación, de momento, pero esto no es diferente de lo que suele suceder cuando se trata de otro tipo de intervenciones, como ocurre con las telefónicas», argumenta el magistrado. En esta línea, intenta justificar que se controlará la información sustraída con el entendimiento de que la causa se encuentra bajo secreto de sumario y se abrirá pieza separada.

De hecho, los dos fiscales pedían acotar, en caso de que no se aceptara la primera petición de suspensión de revisión del material intervenido, al período comprendido entre las diez de la mañana del 13 de marzo de 2024 y las once y cuarto del día siguiente. El instructor también resalta que, de momento, solo hay una copia de las intervenciones y esta está en manos de la secretaria judicial. El magistrado también tiene por personado al abogado del Estado como defensor de los dos fiscales.

Comparte

Icona de pantalla completa