El ministerio del Interior, que dirige Fernando Grande-Marlaska, ha informado la Audiencia Nacional que ha abierto un expediente de expulsión contra Said Ben Azza, uno de los tres condenados por los atentados yihadistas del 17-A del 2017 en Barcelona y Cambrils. El ministerio ha remitido un oficio a la sala de lo penal que juzgó el ataque anunciando que la Jefatura de Información de la Guardia Civil ha advertido de su «presunta participación en actividades contrarias a la seguridad nacional». De hecho, Said Ben Azza está en libertad provisional porque solo fue condenado a 8 años de prisión y ya llevaba cuatro en prisión preventiva. Una situación que le permitía obtener la libertad hasta la resolución del recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Said Ben Azza fue quién facilitó la logística de una furgoneta a la célula terrorista. De los tres acusados en el juicio, fue el que tener una condena más baja. En concreto, fue condenado a 8 años de prisión por el delito de colaboración con organización terrorista y se le impuso, además, la inhabilitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercarse Alcanar durante cinco años una vez cumplida la pena de prisión. Ahora, pero, el Ministerio del Interior considera que ha llevado a cabo «actividades» que recomiendan su expulsión del Estado español. La petición realizada en la sala se ha comunicado a las partes para que en tres días digan el que consideren sobre las intenciones de Interior. Fuentes jurídicas consultadas no acaban de ver clara la petición de expulsión después casi dos años de estar en libertad y cuando, técnicamente, el Supremo tendría que resolver el recurso en los meses próximos.

El oficio del ministerio del Interior donde pide a la Audiencia Nacional expulsar uno de los condenados por el 17-A, ahora en libertad/Quico Sallés
El oficio del ministerio del Interior donde pide a la Audiencia Nacional expulsar uno de los condenados por el 17-A, ahora en libertad/Quico Sallés

Petición de la Guardia Civil

El oficio del ministerio detalla que ha sido la Jefatura del Servicio de Información de la Guardia Civil la que ha pedido a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras incoar un procedimiento sancionador de expulsión del terrorista condenado pero en libertad. Según los analistas del instituto armado, habría presuntamente participado en actividades contrarias a la seguridad del Estado y, por lo tanto, tiene que ser expulsado. En concreto, le aplican el artículo 54 1 a) de la ley 4/2000 que define como sanciones muy graves: «Participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o que pueden afectar las relaciones de España con otros países, o estar implicados en actividades contrarias al orden público consideradas muy graves».

La petición de expulsión de Ben Said es un procedimiento sancionador que ha encendido todas las alarmas entre los afectados por los atentados. Básicamente porque es el único de los tres condenados que está en libertad desde el pasado 21 de septiembre de 2021. La sala lo dejó en libertad al aplicar el artículo 504.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establece que, cuando el investigado ya sea condenado, len prisión provisional se podrá prorrogar hasta el límite de la mitad de la pena efectivamente impuesta en la sentencia, cuando esta habría sido recorrida. En este caso, el límite de la mitad de la pena se superó y el condenado quedó en libertad provisional. Ahora la sala tendrá que decidir si hace caso de la Guardia Civil o bien mantiene que el acusado permanezca en el estado español hasta la resolución judicial del recurso.

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