Nueva vuelta de tuerca del Tribunal Supremo contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y la fiscal provincial de Madrid, Maria Pilar Rodríguez Fernández. El magistrado instructor de la sala penal, Ángel Luis Hurtado, que lleva el caso de la revelación de secretos por la filtración de un acuerdo de conformidad de la pareja de Isabel Ayuso, no ha dado ningún margen. Ha dictado un nuevo auto en el que desestima los recursos de reforma interpuestos por García Ortiz y Rodríguez Fernández contra la resolución que les citaba para tomarles declaración.

En un auto, bastante contundente, al que ha tenido acceso El Món, Hurtado replica a uno de los principales argumentos de los investigados. En concreto, los dos fiscales recriminaban al juez que había «omitido una serie de contra indicios que darían una explicación alternativa y razonable a su imputación». Por ejemplo, en el caso del correo electrónico del 2 de febrero, con datos reservados de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, al que podrían haber tenido acceso varias personas de la fiscalía porque se había enviado a una cuenta genérica del ministerio público.

El magistrado considera que los horarios y los hechos contienen «suficientes elementos indiciarios» para atribuirles la filtración. En concreto, que a las 23.51 horas del 13 de marzo de 2024, en la SER se filtró el mail con los datos del acuerdo y con datos íntimos y privados». Es decir, cinco minutos después de haberlo obtenido los implicados con un destacado «interés que mostró por hacerse con el correo». Por tanto, el magistrado interpreta que los indicios recogidos «permiten concretar la implicación de ambos en la filtración».

Parte dispositiva del auto que desestima el recurso de Álvaro García Ortiz/QS
Parte dispositiva del auto que desestima el recurso de Álvaro García Ortiz/QS

El camino del mail

El instructor aprovecha el largo auto de 21 páginas para concretar el recorrido del mail filtrado a la SER. Así, asegura que Pilar Rodríguez envió el mail al fiscal Julián Salto y a Álvaro García Ortiz la noche del 13 de febrero y participaron en la redacción de la nota de prensa del día siguiente. Y sobre todo, por una mención en un mensaje de WhatsApp a García Ortiz de las 00.25 horas del día 14, donde decía «con un poquito de cianuro». Una expresión que el juez ve como un elemento para endurecer el mensaje público que evidenciaría una intencionalidad de daño mediático. Por tanto, considera que la conversación sugiere una estrategia premeditada para filtrar y utilizar el escándalo.

El juez sospecha que hubo una «unidad de acto», es decir, que la filtración a la SER y la publicación de la nota de la Fiscalía fueron acciones coordinadas. Esto significa que, para el juez, tanto García Ortiz como Rodríguez no solo filtraron el correo, sino que además participaron en la difusión oficial del contenido al día siguiente. Para el magistrado, «cierra el círculo» porque hay interés por obtener el mail, cinco minutos después se filtra y posteriormente, y como avanza la SER, preparan un comunicado oficial de la fiscalía.

El auto resalta que «el hecho nuclear del delito de revelación de secretos consiste en revelar un secreto o información confidencial, al cual ha tenido acceso el sujeto activo y no debe ser divulgada, confidencialidad que no se pierde porque haya existido información previa sobre aspectos ajenos al núcleo del confidencial». Añade que “las negociaciones que hay entre fiscal y abogado defensor es material sensible y, en atención a su contenido, debe pasar por criterios de confidencialidad, que, si fallan, pueden conllevar una importante merma del derecho de defensa, con el perjuicio que eso conlleva”.

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