Velocidad de crucero. Cuatro días después de la apertura oficial del año judicial, el magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Ángel Luis Hurtado, ha dictado el auto de apertura de juicio oral, de 29 páginas y al que ha tenido acceso El Món, contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos por supuestamente haber filtrado a un medio de comunicación el contenido confidencial de un correo electrónico que el abogado de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador, había enviado para pactar una pena de conformidad por un delito fiscal. El juez entiende que hay un delito de revelación de secretos previsto y penado en el artículo 417 del Código Penal.

Aun así, el magistrado reduce la velocidad y rechaza la petición de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) de suspender cautelarmente de sus funciones a García Ortiz, aunque remite el auto a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado para que, si procede, resuelva lo que sea pertinente y le informe de la decisión adoptada, a través de los conductos internos. En relación con las medidas cautelares reales, el magistrado fija una fianza de 150.000 euros al fiscal general para hacer frente a las responsabilidades pecuniarias que puedan derivarse, con la advertencia de que, si no la presenta en el plazo de cinco días, se le embargarán bienes para asegurar esta cantidad.

Parte dispositiva del auto que procesa al Fiscal General del Estado por revelación de secretos/QS
Parte dispositiva del auto que procesa al Fiscal General del Estado por revelación de secretos/QS

La sala Penal decidirá

El magistrado, en su resolución, señala a la Sala Penal como órgano competente para juzgar los hechos y da un plazo de diez días al abogado del fiscal general del Estado para que presente su escrito de defensa, frente a las acusaciones ya formuladas. De hecho, el paso era más que esperado a la vista de que el juez instructor resolvió todos los recursos antes del mes de agosto y después de la presentación de los escritos de acusación del Colegio de Abogados de Madrid, APIF, Manos Limpias, Vox, Foro Libertad y Alternativa, Hazte Oir y la pareja de Isabel Díaz Ayuso.

El criterio del juez es que la filtración «pone en cuestión el prestigio de la institución» si se tiene en cuenta «la función constitucional que le encomienda al Ministerio Fiscal, sujeto en esta función a principios como el de legalidad e imparcialidad, que pueden quedar en duda en la medida que su actuación se viera comprometida por indicaciones externas que serían perjudiciales al fundamental derecho de defensa del afectado”. De hecho, recrimina al fiscal general que no garantizara el derecho de reserva de una información confidencial de la que tuvo conocimiento por razón de su cargo.

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