La Audiencia de Barcelona ha dictado que se vuelva a investigar al exsecretario general del Diplocat, Albert Royo, por unos gastos vinculados a la consulta del 9-N, según ha avanzado la ACN. El tribunal ha estimado el recurso de la fiscalía contra el sobreseimiento parcial de la causa decretado por el juzgado de Instrucción 18 de Barcelona. La interlocutoria de la Audiencia reclama que se investiguen varias partidas relacionadas con el viaje de ocho eurodiputados que participaron como observadores el 9-N y por la producción de unos veinte videos promocionales.

«Me han impuesto fianzas de millones de euros y por duplicado por unos mismos hechos. Me reclaman 250.000 euros en el juzgado 13 por el 1-O y centenares de miles de euros por el trabajo hecho a Diplocat entre el 2013 y el 2017», ha lamentado Royo en un tuit. «Ahora no nos pondremos nerviosos por 60.000 euros de más por el 9N», ha dicho con ironía. «Aquello que más les molesta es que hubiéramos explicado en el mundo qué es Cataluña y por qué quería votar sobre su futuro político en un referéndum. Ahora buscan un castigo ejemplar para que no se nos ocurra volver. Barra libre contra los catalanes. Nos veremos en Estrasburgo».

Una denuncia de anticorrupción, en el origen de la investigación del Diplocat

La causa se inició por una denuncia de la fiscalía anticorrupción, que acusa a Royo de un delito de malversación por los gastos vinculados a la internacionalización de la consulta del 9-N. El noviembre del 2021, la jueza descartó investigarlo porque entendía que los hechos habían prescrito y defiende que los organizadores del 9-N no fueron condenados por malversación. La contratación de los videos costó casi 60.000 euros.

En su recurso, la Fiscalía considera relevante no la finalidad de los videos, que tenían como objetivo la promoción de la consulta, sino que los responsables de aprobar el gasto se saltaron los mecanismos de control de los contratos públicos y recurrieron a un presunto fraccionamiento de contratos. Ahora, el juez de la Audiencia cree que sí que hay que incorporar las nuevas pruebas para que se pueda dirimir la cuestión y defiende que el delito de malversación no habría prescrito, puesto que la aprobación de la partida presupuestaria que se usó para pagar estos gastos se aprobó en noviembre del 2014.

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