El gobierno español ha aprobado in extremis la ley del olvido oncológico, una ley que lucha contra la discriminación laboral que sufren las personas que ha tenido que combatir un cáncer y lo han superado. La ley se ha aprobado, pero, fuera del contexto habitual, puesto que se ha hecho a través del Consejo de Ministros y no desde el Congreso, órgano legislativo de España, por el hecho que las Cortes han quedado disueltas por la convocatoria de las elecciones del 23 de julio. Según relata la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, no todas las personas se podrán beneficiar de este derecho. Solo lo podrán hacer aquellas personas que haga cinco años o más que han superado un cáncer y no han tenido ninguna recaída posterior.

El objetivo que impulsa esta ley es que las personas que han sufrido cáncer no tengan que hacer frente también a discriminaciones laborales posteriores. Así pues, la aprobación de este derecho permitirá que estas personas no se vean perjudicadas por la contratación de cualquier producto, sea «financiero o no», según explica Calviño. El decreto que ha hecho oficial el Consejo de Ministros hace que se declaren nulas todas las cláusulas basadas en antecedentes por haber sufrido cáncer que actualmente se aplicaban en muchos lugares de trabajo y suponían un impedimento de buenas condiciones en contratos de seguros.

La vicepresidenta económica del gobierno español, Nadia Calviño | ACN
La vicepresidenta económica del gobierno español, Nadia Calviño, protagoniza otra polémica | ACN

Una brizna de esperanza

La aprobación de esta ley supone una brizna de aire fresco para todas estas personas que han luchado contra el cáncer y lo han vencido, pero que se han visto discriminados laboralmente después. El principal punto que los suponía una estocada directa era las condiciones en los contratos de seguros, puesto que hasta ahora se tenían en cuenta los antecedentes oncológicos del asegurado y, a partir de aquí, se determinaban las condiciones. Con la aprobación de la ley, se establece el derecho a no declarar que se ha sufrido un cáncer al contratar un seguro vinculado en un préstamo hipotecario.

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