La fiscalía de Barcelona ha pedido formalmente al juzgado de instrucción número 30 de Barcelona archivar el caso del sorteo de una prostituta por parte de militares del cuartel del Bruc. El ministerio público informa que se ha identificado a los autores del anuncio, pero que transmitieron el mensaje en un grupo de Whatsapp privado de 70 participantes y no oficial. Además, el «sorteo era ficticio porque el premio real y efectivo fue una cesta de Navidad».

El caso estalló el pasado mes de noviembre cuando el diario Ara publicó la organización de este sorteo con motivo de la fiesta patronal de la Unidad, que es la festividad de la Purísima. Los hechos obligaron al jefe del Regimiento de Infantería Arapiles 63 de Barcelona a interponer una denuncia el pasado 8 de diciembre de 2022. Se abrieron las diligencias 539/22 de las que ahora se pide el archivo. El ministerio público razona que no existió una «persona real y concreta objeto de prostitución» y, por lo tanto, no hay delito.

Un chat de whatsapp

Según ha detallado el ministerio fiscal, el día 22 de noviembre del 2022, dos militares, a través de un grupo privado de la red social “Whatsapp”, integrado por unas setenta personas, propusieron al resto de compañeros militares del regimiento del Acuartelamiento del Bruc de Barcelona ​​»participar en un sorteo de los servicios de una prostituta y, con el dinero recaudado, sufragar los gastos lúdicos de la festividad de la Purísima».

«De la detallada investigación», indica fiscalía, «llevada a cabo dentro del Bruc, se identificó a los dos responsables del anuncio y se concluyó que se trataba de un grupo de Whatsapp no ​​oficial y que el sorteo de la prostituta fue totalmente ficticio, puesto que nunca hubo una intención real de contratar los servicios a ninguna prostituta ni se realizó ningún trámite para ello, sino que el premio real y efectivo fue una cesta de Navidad».

«Como no existió una persona real y concreta en situación de prostitución, no concurren los requisitos ni legales ni jurisprudenciales para entender que los hechos pudieran ser constitutivos de ningún delito contra la prostitución, ni inducción a la prostitución ni trata de seres humanos ni explotación sexual», arguye la fiscalía. «Tampoco se puede determinar la existencia de ningún discurso de odio del art. 510 y siguientes del Código Penal, según los criterios de la fiscalía general del Estado», añaden. Todo ello da motivos suficientes a la fiscalía para informar favorablemente y que se cierre la causa sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias que el Ejército pudiera imponer a los responsables del chat.

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