La Oficina Antifraude (OAC), dirigida por Miquel Àngel Gimeno, ha puesto el foco sobre el Departamento de Educación por un caso destapado por una denuncia anónima interpuesta contra el director del Instituto Sant Elm de Sant Feliu de Guíxols, Alberto Cordonet. Según el denunciante, el director del instituto había intervenido para colocar a su esposa en una plaza docente de su centro aprovechándose del decreto de plantillas, que regula procedimientos que permiten definir perfiles que son auténticos trajes a medida para la provisión de los puestos de trabajo de los docentes. Se trata de una normativa muy criticada por los sindicatos de docentes, ya que permite adaptar el claustro a la voluntad de la dirección.
En concreto, el artículo 2 de este decreto establece que «la dirección del centro público interviene en la definición de los requisitos específicos exigidos para ocupar determinados puestos de trabajo de la plantilla docente del centro, de acuerdo con el proyecto educativo y el proyecto de dirección, e informa al claustro de profesorado y al consejo escolar del centro de las propuestas sobre los requisitos o perfiles propios de los puestos de trabajo». Es decir, que la dirección del centro tiene la potestad de perfilar las plazas para conformar el claustro en función de su voluntad para construir su equipo de trabajo. En este caso, el director colocó definitivamente a su esposa como profesora de biología y geología –una plaza registrada como un lugar específico con un perfil profesional, es decir, una plaza perfilada– a pesar de tener una plaza provisional en este centro.
Después de una exhaustiva investigación de Antifraude a la que ha tenido acceso El Món, que se ha prolongado más de un año, el organismo encargado de fiscalizar las instituciones públicas ha concluido –con una resolución firmada por el director de investigaciones, Manel Diaz, con fecha 20 de mayo de 2025– que el Departamento de Educación, ahora en manos de la consejera Esther Niubó, debe abrir un «expediente disciplinario por incumplimiento del deber de abstención» del director del Instituto Sant Elm. Además, Antifraude también obliga a la consejería a supervisar «la función inspectora de la Inspección de Servicios», porque ha detectado incongruencias en la investigación interna que llevó a cabo en su momento –en la legislatura anterior– sobre la presunta irregularidad denunciada. A preguntas de este diario, la consejería de Educación ha preferido «no hacer ningún comentario» antes de estudiar «a fondo» la resolución de Antifraude.

Más de un año de investigación de la Oficina Antifraude
La primera denuncia que registró Antifraude en relación con estos hechos data del 15 de noviembre de 2023. En aquel momento, sin embargo, el organismo encargado de fiscalizar las instituciones públicas terminó archivando la causa por falta de pruebas. Paralelamente, según ha podido saber El Món, el denunciante puso en marcha otros mecanismos legales para obtener esta información y, con las nuevas pruebas –de las que no disponía inicialmente– volvió a llevar el caso a Antifraude. Una vez la Oficina Antifraude admitió a trámite la denuncia al encontrar, entonces sí, «verosimilitud» en los hechos expuestos por el denunciante anónimo, el organismo pidió explicaciones al Departamento de Educación, entonces en manos de la consejera Anna Simó, y a la dirección general de Función Pública, que depende del Departamento de Presidencia, que en aquel momento estaba encabezado por Laura Vilagrà. Según se desprende de los documentos de Antifraude a los que ha tenido acceso El Món, el 29 de noviembre de 2023 la OAC pidió a las dos consejerías que investigaran internamente los hechos y les informaran sobre sus resoluciones.
Informes contradictorios entre departamentos
De hecho, la Inspección General de Servicios de Personal del Departamento de la Presidencia el 16 de octubre de 2023 –antes de que se registrara la primera denuncia en Antifraude– ya había advertido en un informe dirigido a la consejería de Educación –que respondía a una comunicación dirigida al buzón ético de la Generalitat– de una posible irregularidad por «motivo de abstención». «Se observa una posible causa de abstención del director del Instituto Sant Elm en el nombramiento como funcionaria docente de la persona con quien tiene vínculo matrimonial, por lo cual se considera procedente remitir este informe a la Inspección de Servicios del Departamento de Educación para que determine la relación entre ambas personas y las posibles responsabilidades y afectación en el proceso selectivo», señalaba el informe de Presidencia.
Mientras Presidencia afirmaba que se podría haber dado una «posible causa de abstención», un informe de la Jefa de Inspección de Servicios del Departamento de Educación dirigido a esta consejería, que data de 12 de enero de 2024, aseguraba que «en la actuación del director» del Instituto Sant Elm de Sant Feliu de Guíxols «no se habría detectado ninguna irregularidad». Es decir, el servicio de inspección de la consejería que entonces encabezaba Anna Simó no detectaba las mismas «posibles causas de abstención» que sí detectaba Presidencia. Las contradicciones entre ambos departamentos fueron el motivo por el cual la Oficina Antifraude terminó decantándose por iniciar una investigación propia, que permitiera determinar si la designación de la esposa del director se había hecho siguiendo los procedimientos fijados en el decreto de plantillas, tal como alegaba la consejería de Educación, o que existía una «posible irregularidad», tal como sostenía Presidencia.

Las conclusiones de Antifraude
Teniendo en cuenta las incongruencias entre los informes emitidos por los dos departamentos de la Generalitat, aún bajo la presidencia de Pere Aragonès, la Oficina Antifraude acaba concluyendo que, tal como afirmaba el denunciante, se había producido una irregularidad en la adjudicación de la plaza de la esposa del director del Instituto: «Analizada la información y documentación obtenida con las actuaciones realizadas, el director de la Oficina Antifraude ha decidido trasladarla a la Secretaría General del Departamento de Educación y Formación Profesional para que, además de la consideración sobre la necesidad de incoación del expediente disciplinario por incumplimiento del deber de abstención, que la Dirección de Servicios supervise la función inspectora de la Inspección de Servicios en este caso dadas las incongruencias que se han detectado«. Es decir, Antifraude determina que la consejería de Educación debe abrir un expediente disciplinario al director del instituto, Alberto Cordonet, y también obliga al departamento a revisar el funcionamiento de inspección del sistema educativo, ya que considera que se han producido contradicciones en la investigación interna.
En esta línea, Antifraude también solicita a la consejería de Educación que informe de todas las actuaciones que pongan en marcha a raíz de esta resolución y de las propuestas que la jefa del área de inspección general de servicios de Función Pública ha trasladado a la cartera que ahora encabeza Niubó, «relativas al conjunto de procedimientos de provisión provisional de personal docente». Es decir, que la OAC pide que Educación revise la configuración de las plazas de los centros educativos para evitar que se reproduzcan situaciones como la que se ha vivido en el Instituto Sant Elm de Sant Feliu de Guíxols. Después de intentar encubrir las irregularidades, los actuales responsables de la consejería de Educación –diferentes de los que había en el momento de los hechos– no solo deberán expedientar al director del centro denunciado, sino hacer un examen a fondo de cómo funciona la inspección de las comarcas gerundenses y revisar el sistema de provisión de plazas.