Este lunes, Alerta Solidaria comunicaba que el Tribunal Constitucional había admitido a trámite su recurso de amparo contra las fugas y filtraciones del sumario de la causa Judas. Un recurso que los magistrados consideran de «trascendencia constitucional» para mirar de confirmar si hubo o no vulneración de derechos de los investigados, con filtraciones interesadas de la causa, en fechas concretas, en contextos muy determinados y con unos perjuicios muchos claros.

La decisión del TC llega después de que lo primero de octubre del 2019 se interpuso la primera denuncia ante los tribunales por parte de las defensas de los arrestados en la ràtzia del 23 de septiembre del mismo año. Un operativo espectacular de la Guardia Civil realizado con la connivencia de la Fiscalía Antiterrorista y del juzgado central de instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, en manos de Manuel García Castellón, justo quince días antes de la publicación de la sentencia del Proceso.

El historial del caso y el recurso ante el Tribunal Constitucional, al cual ha tenido acceso El Món, muestra el despropósito de la instrucción y la aplicación del que se conoce como «pena del telediario». Todo ello, con la filtración de datos e informaciones delicadas de los procesados en un momento muy incipiente de la instrucción, como una pieza más contra el independentismo a través de criminalizar los Comités de Defensa de la República (CDR). La investigación de los letrados de la defensa han podido apuntar los responsables de la filtración, que serían funcionarios del juzgado, de la cual reprochan que no ha habido una mínima actividad investigadora. Todo este periplo judicial es, para los abogados, un «caso clarísimo, ejemplar, de lawfare, en que las estructuras judiciales se han abocado, con la complicidad de la caverna mediática, a marcar la agenda política, ejecutando actuaciones o filtraciones cada vez que los interesaba bajo criterios no jurídicos sino políticos».

El juez Manuel García Castellón llega a la sede de la Audiencia Nacional Gustavo Valiente / Europa Press
El juez Manuel García Castellón llega a la sede de la Audiencia Nacional Gustavo Valiente / Europa Press

Desde octubre de 2019

Las detenciones del 23 de septiembre despertaron las sospechas de los abogados de la defensa por el hecho que había determinada prensa avisada del momento de las detenciones, con información que estaba clasificada por el juzgado instructor como secreto de sumario. La avalancha de datos de la investigación y de los 9 detenidos obligó los abogados a interponer, el 1 de octubre de 2019, denuncias ante la Audiencia Nacional por un delito de revelación de secretos del artículo 197.3 del Código Penal y un delito contra la administración pública de los artículos 417 y 418 de la misma ley. Pero ya se encontraron con la primera piedra en el zapato. Concretamente, que el ministerio fiscal, dos días después de la interposición de las denuncias, alegó que las filtraciones no serían competencia de la Audiencia Nacional y abogó para traspasar la denuncia a un juzgado de instrucción.

García Castellón hace caso de la Fiscalía y remite las denuncias al enjuiciado decano de Madrid, solo seis días después de la interposición de las denuncias. Curiosamente, García Castellón levanta el secreto de sumario el 7 de octubre de 2019 de las diligencias que justificaban, a priori, la operación Judas, las 99/2018, pero se esconde que incluyen testificados de las diligencias 104/17 del mismo juzgado de la Audiencia Nacional, una causa paralela que ha estado más de cuatro años secretas y sin comunicar la existencia a los principales procesados. Las denuncias, pero, siguen su curso y tocan por turno de reparto el juzgado de instrucción 41 de Madrid. El 31 de octubre, el juez del 41 enumera los medios denunciados –El Mundo, la Cadena SER, El País, Lo Confidencial, La Vanguardia, Abc, El Español y RTVE- y los cita para el 29 de noviembre.

Más filtraciones y cambio de juzgado

Todo y la apertura de las diligencias, el cinco de noviembre hay más filtraciones. Esta vez son del sumario entero, y con el detalle que incorporan los videos de las comparecencias de los detenidos ante García Castellón para decidir la prisión preventiva. Hay que tener presente que las defiendes solo tenían acceso en las declaraciones en formato de audio y no de video. Un hecho que permitía delatar el origen de la filtración, que solo podía salir del juzgado o de la Fiscalía. Tres días después, los abogados de Alerta Solidaria anuncian una querella criminal que se ampliará dos días más tarde con los nombres y apellidos de los supuestos filtradores. Dos identidades que se pide que sean certificadas y que después se interrogue los sospechosos y se extraigan datos de su móvil y de su correo electrónico. Una de las identidades pertenece un funcionario del juzgado.

El 21 de noviembre el juez decreta el secreto del sumario sobre las filtraciones y solo permite al ministerio fiscal tener acceso. La Fiscalía, pero, el primero que hace es interponer un recurso de reforma con que pide al juez el archivo inmediato de la instrucción y anular las citaciones a los medios. Solo dos días después de la petición del fiscal, el 27 de noviembre, el juez estima el recurso del fiscal y hace un doble salto, envía la causa al juzgado de instrucción 47, que había recibido las tres primeras denuncias el octubre de 2019. Un nuevo juzgado entra en escena. El nuevo juez, el 18 de diciembre, acumula todas las causas, y sin hacer caso del archivo del juez del 41, mujer órdenes a la policía judicial para que averigüe la identidad de un «operador jurídico» con un número de identidad que se habría detectado en una de las publicaciones difundidas a la prensa.

Un coche de la Gu?rdia Civil registrando uno de los domicilios de los deti
Un coche de la Gu?rdia Civil registrando uno de los domicilios de los detenidos el 23-S a Sabadell

Ni una mínima investigación

El diez de enero de 2020 hay una única citación policial con uno de los abogados de las acusaciones a la causa. Los denunciantes, detenidos durante la operación Judas no saben nada. Causalmente, el 12 de febrero presentan un escrito, tips de esperar para que se los dé acceso a las diligencias. Justo el día siguiente, el juez dicta una resolución con que archiva el caso. Las defiendes no se dan por vencidas y presentan un recurso de apelación directa contra el archivo y solicitan prorrogar la instrucción. De hecho, todavía no tienen el acceso a la causa y ya la han archivado. En este contexto, los letrados presentan un escrito reiterando la solicitud de acceso a la causa para poder formular el recurso de apelación oportuno. Los letrados reprochan al juzgado que no han podido saber ni qué diligencias se han llevado a cabo que justifiquen el archivo.

El 21 de febrero del 2020 se suspende el plazo para recorrer para tener acceso a la causa, pero cuando se decreta el estado de alarma por la pandemia de Covid, un mes después, se suspenden los plazos. Finalmente, el recurso de apelación se formaliza el 23 de junio de 2020. No será hasta el 22 de octubre de 2020 que se notifica a las defensas la interlocutoria de la sección 29 de la Audiencia de Madrid con que los desestiman el recurso. Ante esta decisión, se interponen dos recursos de amparo que ahora el Tribunal Constitucional ha admitido porque considera que en el caso concurre una «especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta una faceta de un derecho fundamental sobre el cual no hay doctrina del TC». Así mismo, ha instado el juzgado de instrucción 47 de Madrid a pedir a las partes que se pronuncien debe días.

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