Despacio se restaura la vulneración de derechos que sufrieron treinta y tres jueces y magistrados que se posicionaron a favor del derecho a decidir, antes de la consulta soberanista del 9-N de 2014. Si ya el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) les dio la razón el junio de 2022, hoy ha sido el Tribunal Supremo el que ha dictaminado la obligación de la Agencia de Protección de Datos a investigar la filtración de datos de los togados publicados por el diario La Razón con fotografía incluida. Una filtración que El Món desgranó explicando cómo se desarrolló con las conversaciones registradas en la operación Tándem, instruidas por parte del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional.
La sentencia, de 19 páginas y a la que ha tenido acceso El Món, cierra un largo periplo judicial comenzado cuando la Agencia de Protección de Datos archivó la denuncia presentada el abril de 2014 por la filtración y difusión de sus datos. El argumento es que la Agencia no tenía competencia sobre las actuaciones del Cuerpo Nacional de Policía. La Audiencia Nacional obligó la Agencia a investigar, pero después de una «investigación de fira», según ha comentado la defensa de los jueces al Món, volvió a archivar. Un archivo que avaló la Audiencia Nacional y que recorrieron los jueces ante la sala contenciosa del Tribunal Supremo.

«Diligencias útiles y eficaces»
La resolución de los magistrados del Supremo estira las orejas de manera evidente a la Agencia de Protección de Datos. Así, le ordenan que hace falta que comiencen de nuevo las actuaciones para llevar a cabo «nuevas diligencias útiles y eficaces para aclarar los hechos objeto de denuncia incluida la elaboración de la nota del informe policial que generó la filtración de los datos».
Los magistrados recuerdan que los treinta y tres jueces presentaron la denuncia por el reportaje de La Razón por la publicación de la noticia titulada «La conspiración de 33 jueces soberanistas». Una noticia que explicaba un manifiesto subscrito por estos magistrados en activo en diferentes órganos jurisdiccionales, en la que figuraba el nombre y apellido de cada uno de los magistrados firmantes del manifiesto, el órgano judicial donde prestaban sus servicios, y la fotografía de cada uno de ellos, no facilitada por ellos mismos, que tampoco autorizaron la difusión. Los magistrados pudieron acreditar que los datos publicados provenían de un fichero del Ministerio del Interior, al coincidir con las utilizadas para la confección del DNI. Un extremo que fue confirmado por las conversaciones publicadas por El Món.
En la denuncia de los jueces a la Agencia se pedía que se investigara la vulneración de varios derechos de protección de datos, como por ejemplo el deber de consentimiento por la recogida de datos de las personas. También reclamaban la no utilización de los datos recogidos para una finalidad diferente por la cual se recogieron, así como la vulneración del deber de preservar la seguridad de los datos. Además, la publicación de las fotografías del DNI suponían una difusión de datos personales sometidos a la reserva de los archivos de identificación policial.