Nueva escrito de la defensa del exministro de Transportes José Luis Ábalos a raíz de la investigación de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO). Unas pesquisas del instituto armado que hacen chirriar las garantías de los acusados y que el abogado de Ábalos, Carlos Bautista, ya ha calificado de «fraude de ley». En concreto, se trata del bloqueo que desde hace más de cuatro meses sufre la cuenta de correo electrónico aprovechando una resolución del juez instructor del caso, el magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente.

Desde el 9 de junio, Ábalos no tiene acceso a su cuenta, lo que le impide realizar gestiones habituales, desde citas médicas hasta renovar contratos de servicios o, simplemente, mantener la correspondencia ordinaria. Una incomunicación que, a criterio de la defensa, «excede manifiestamente la legitimidad de cualquier finalidad investigadora». De hecho, razona que se están vulnerando derechos fundamentales como el del secreto de las comunicaciones.

Agentes de la UCO después de un operativo encubierto/ Elena Fernández / Europa Press
Agentes de la UCO después de un operativo encubierto/ Elena Fernández / Europa Press

Una foto, no una intervención

En el escrito, de ocho páginas y al cual ha tenido acceso El Món, el exnúmero tres del PSOE denuncia que la autorización para la «aprehensión de datos estáticos» del mail acordada el pasado 9 de junio suponía acceder, visionar y clonar un «stock» determinado de correos. Ahora bien, la defensa alega que «esta medida no se puede ni se debe confundir con la interceptación de las comunicaciones telemáticas, que supone un flujo de comunicaciones o bien futuras o bien en tiempo real. Es decir, la interlocutoria, a criterio de la defensa, «amparaba una fotografía» y no una «vigilancia o control» del cuenta permanente o indefinido.

Por tanto, más allá de la legalidad de la medida, el abogado carga contra la «flagrante e indiscutible extralimitación en su ejecución, que constituye un fraude procesal». «El mandato judicial era claro y acotado: acceder, visualizar y copiar los datos existentes», remarca. «A pesar de ello», continúa el escrito, se ha vivido una «metamorfosis» de la medida. «Lo que debía ser un acto puntual de investigación se ha transformado en una medida coercitiva de naturaleza diferente: un bloqueo o embargo virtual del canal de comunicación», alerta el abogado.

En síntesis, para la defensa, este bloqueo «es la creación de una medida cautelar anómala no prevista en la ley, adoptada sin base legal específica y sin las garantías procesales debidas, como la necesidad, la temporalidad o el control judicial». Además, considera que es una medida «desproporcionada» porque mantener el control sobre una cuenta es «irrelevante para preservar la evidencia ya obtenida» porque es una medida «redundante e innecesaria para asegurar la prueba». «Es una medida ilegal que parece más preventiva o punitiva que investigadora», concluye para advertir que vulnera el secreto de las comunicaciones y el derecho a la intimidad y choca con los estándares determinados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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