El exvicepresidente del Parlamento de Cataluña, jurista y activista freelance del independentismo Josep Costa ha registrado un escrito ante el Tribunal Supremo a raíz de la entrada en vigor de la ley de amnistía. El escrito, al cual ha tenido acceso El Món, carga contra la justicia española y da la vuelta a la aplicación de la ley del olvido penal para el independentismo. Costa fue absuelto del delito de desobediencia, pero el recurso de la Fiscalía contra su absolución está vivo y, sobre todo, está pendiente de resolución el recurso que presentó él al entender que por el hecho de ser acusado y juzgado se violaron sus derechos políticos como parlamentario. Por eso se niega a tramitar la amnistía porque, simple y llanamente, considera que la amnistía no debe servir para exonerar a los jueces de sus decisiones. Es decir, que la ley no sirva para amnistiar los jueces, que es lo que pasaría si se aplicara a su caso, porque su recurso también decaería.

En las nueve páginas del escrito, Costa replica el argumentario que ha utilizado a lo largo del proceso judicial al cual ha sido sometido, siempre negando el carácter «de delito o de ilícito penalti» de los hechos por los cuales fue juzgado. De hecho, alega el principio «de inviolabilidad parlamentaria». En este sentido, arguye que la amnistía no puede ser aplicada en un caso en el que no se ha cometido ningún delito. Y además, apunta que solo favorecería la impunidad de los jueces que lo persiguieron por su condición de independentista.

Los hechos por los que Costa fue juzgado –junto con el resto de miembros independentistas de la Mesa del Parlamento que presidió Roger Torrent, de enero del 2018 a marzo del 2021– fue permitir que se tramitaran una propuesta de resolución para reprobar la monarquía española y otra de apoyo al derecho a la autodeterminación, que el TC declaró nulas.

Eusebi Campdepadrós, con sus abogados Jordi Pina y Míriam Company y Josep Costa al extremo/D.Zorriko
Eusebi Campdepadrós, con sus abogados Jordi Pina y Míriam Company y Josep Costa al extremo/D.Zorriko

Una amnistía para los jueces

Para Costa, «la amnistía y otras medidas de clemencia no pueden favorecer la impunidad de las vulneraciones de derechos fundamentales», como las que alega que ha sufrido en su juicio por desobediencia. Así, remarca que, en la medida que el recurso de casación que interpuso contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que lo absolvía se dirige «exclusivamente a la depuración y reparación de vulneraciones de derechos fundamentales, en ningún caso la amnistía no puede imponer la pérdida del objeto de este recurso o suponer un impedimento a su tramitación y estimación». Es decir, que la amnistía haría caer el recurso y, por lo tanto, no se podrían depurar responsabilidades de los magistrados que han actuado. La tesis de Costa es que la amnistía no se puede aplicar porque, en su caso, se amnistiaría a los jueces.

En este sentido, asegura que la ley de amnistía no contempla «las graves vulneraciones de derechos fundamentales cometidos en la persecución y enjuiciamiento de delitos inexistentes, con grave rotura de la democracia parlamentaria y la separación de poderes». Para que quede más claro, Costa sentencia que «rechaza simple y llanamente la amnistía y reitera la solicitud que el procedimiento penal sea declarado nulo y sin valor en su totalidad».

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