El Govern de la Generalitat ya ha enviado el requerimiento al gobierno español para reclamar que la aplicación del tope del precio del alquiler incluya el índice catalán, y no solo el español. Como ya anunció la consejera de Territorio, Ester Capella, el ejecutivo catalán exige en el Estado que rectifique y permita combinar los índices catalán y español para fijar el precio final del tope a las viviendas de alquiler. Con el envío de este requerimiento, se abre un periodo de un mes y un día para que el Ministerio de Vivienda dé respuesta en la Generalitat, en caso de que no se produzca, Capella podría llevar el caso a los tribunales abriendo un proceso contencioso-administrativo a la Audiencia Nacional. Según el Gobierno, aplicar un índice homogéneo en todo el Estado vulnera las previsiones de la misma ley de vivienda española.
El requerimiento enviado por el departamento de Territorio al ministerio de Vivienda este viernes está firmado por el secretario general del departamento, Joan Jaume, donde reclama que enmiende la resolución con la cual aprobó el sistema estatal de índice de precios de referencia. Concretamente, el índice es el instrumento que tiene que determinar el precio del alquiler máximo que los propietarios pueden pedir a sus inquilinos para cada piso, y el Govern lamenta que no se ha permitido aplicar el índice catalán, que se ha pensado ajustándolo a las peculiaridades de cada rincón del país.
Vulnera las previsiones de la ley
En el requerimiento, Territorio recuerda en el gobierno español que su propia normativa lo obliga a tener en cuenta los índices que pudieran existir en las comunidades autónomas, como ya pasa en Cataluña. “La resolución objeto de requerimiento vulnera claramente las previsiones normativas en las cuales precisamente se fundamenta, al no prever ni mencionar los índices o tres sistemas autonómicos de referencia, suponiendo una evidente invasión competencial en materia de vivienda”, destaca el documento.
De hecho, el Govern considera que la resolución del ministerio de Vivienda vulnera el ordenamiento jurídico establecido y podría ser, por lo tanto, anulada para los tribunales si no la enmienda, antes, el mismo ejecutivo español. En este sentido, el ejecutivo catalán pide a la Moncloa que se modifique la resolución para que mencione los índices de referencia autonómicos en coexistencia con el estatal y prevea mecanismos de colaboración entre autoridades, tal como se había acordado en los trabajos técnicos previos.

Así, el Govern quiere que el límite se marque con el índice catalán cuando el índice autonómico se sitúe dentro del rango establecido por el índice estatal (entre el inferior y el superior) y que cuando el índice catalán salga del rango establecido por el estatal, se aplique el superior o inferior del estatal que esté más próximo.
Prohibir los contratos temporales
A todo esto hay que recordar que la consejera Capella ya explicó el sábado que también buscar prohibir -antes de las elecciones del 12-M- que los propietarios esquiven el límite del alquiler ofreciendo contratos temporales, que quedan fuera de la norma. En una entrevista con la ACN, Capella aseguraba que el ejecutivo ya está buscando “las herramientas jurídicas necesarias” para frenar la fuga de contratos de alquiler permanentes al mercado temporal. “Es una urgencia, porque vemos cada día como desaparece oferta de alquiler permanente”, asegura la consejera, que lamenta que la normativa estatal deja Cataluña “a la intemperie” porque esta cuestión ha quedado sin regular.
Todo ello llega porque los alquileres de temporada continúan ganando terreno a los convencionales y a ciudades como Barcelona ya representan el 30% del total, según Idealista. De hecho, Capella tenía la intención inicial de regular los contratos temporales con una ley, pero la convocatoria electoral ha obligado el Departamento de Territorio a replanteárselo, y buscar las herramientas jurídicas para intentar aprobarlo con forma de decreto urgente. “Es evidente que no podremos hacer una ley con todos los puntos, pero buscaremos la manera de evitar este fraude de ley. Lo intentaremos”, insiste la consejera. «El contrato es el que es y no el nombre que le pones. Desde el punto de vista de los tribunales es sancionable», continúa.