Los caminos de la justicia para investigar la policía patriótica responden a un patrón común: o archivo o quitarse de encima el problema. De nuevo, el algoritmo no ha fallado. La Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha archivado la comisión rogatoria de Andorra sobre el expresidente español Mariano Rajoy a raíz de la querella presentada en Andorra sobre la trama en el Principado de la Operación Cataluña. De hecho, los magistrados se han ahorrado entrar en el fondo del asunto por varios motivos formales.
Inicialmente, han rechazado pronunciarse sobre la tramitación de la asistencia judicial al entender que el caso ya ha sido resuelto por la vía penal en la Audiencia Provincial de Madrid, que devolvió la comisión rogatoria a Andorra para concretar más la acusación y los hechos. Y, por otro lado, los magistrados alegan lo que se denomina «pérdida de objeto», porque al haberse resuelto la comisión por la vía penal, la contenciosa administrativa ya cree que no tiene nada que decir. Un paso que los impulsores de la querella consideran «lógico», que ya han reclamado a la instructora andorrana que vuelva a remitir las comisiones con los requisitos formales que reclama la justicia española. De hecho, creen que se han acabado los juegos procesales. De todas formas, ahora confían en que la justicia andorrana se apresure a iniciar de nuevo todo el proceso.

Un proceso enrevesado
Esta resolución llega después de que la defensa de Rajoy presentara un recurso por la vía contenciosa administrativa contra la decisión del secretario de Estado de Justicia de avalar el criterio de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos del Ministerio de dar curso a la comisión rogatoria de Andorra, en junio de 2022. Todo ello por la querella presentada ante la justicia andorrana impulsada por el Instituto de Derechos Humanos de Andorra.
Paralelamente, la querella, que también iba dirigida contra los exministros Jorge Fernández Díaz y Cristóbal Montoro y diversos cargos policiales y de Interior de la época de Rajoy, abrió la vía penal española. A partir de aquí, un juego procesal a través de recursos de reposición por parte de la defensa de Rajoy llevó a suspender la ejecución de la comisión rogatoria internacional, mientras la jurisdicción penal y la contenciosa se discutían.
Ahora el TSJM ha visto la puerta abierta para acabar con el proceso. «No se puede olvidar que este procedimiento de derechos fundamentales tiene el mismo objeto procesal (la comisión rogatoria internacional) que el recurso de apelación seguido ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial», señala la resolución que ha adelantado Europa Press. De hecho, fue en octubre de 2022 cuando el mismo tribunal atendió la solicitud de medida cautelarísima de Rajoy, pero al cabo de pocos días cambió su criterio y denegó que se paralizara la asistencia judicial a Andorra. Un recurso volvió a detener el proceso.

La comisión rogatoria, a Andorra
Con esta resolución se ha cerrado la vía contenciosa porque la comisión rogatoria (CRI) ya no está en España sino en Andorra, por orden de la Audiencia Provincial de Madrid. La Audiencia decidió que se devolviera para que se reenvíe la CRI completada haciendo referencia a todos los delitos que se imputan a cada querellado por separado. La vía contenciosa fue una vía paralela que también se complicó con un procedimiento de vulneración de derechos fundamentales, en concreto, sobre la vulneración del derecho a la igualdad. Un argumento que se basaba en la inmunidad diplomática de la que gozaba Celestino Barroso, policía adscrito a la embajada española en Andorra, que Rajoy, Montoro y Fernández Díaz, también reclamaban.