El Ayuntamiento de Begur (Baix Empordà), que a mediados de julio ya interpuso tres multas para incumplir con la prohibición de llenar piscinas en plena sequía, ha incoado las primeras 40 sanciones económicas, que van de los 750 a los 3.000 euros de multa, a usuarios que presentan «un consumo excesivo de agua de manera reiterada».

El consistorio remarca en un comunicado que se considera consumo excesivo aquel que «supera el consumo equivalente a 7 personas» y subraya que aquellas viviendas que disponen de una ocupación superior a 7 personas pueden justificarla mediante la presentación de la cédula de habilidad donde se indique el número máximo de ocupantes de la vivienda.

Además, el Ayuntamiento de Begur avisa que en caso de que la infracción se mantenga, se instalará un sistema de reducción de la presión de agua a la vivienda en cuestión. El consistorio alerta que esta medida imposibilitará el funcionamiento normal de los electrodomésticos y otros elementos mecánicos del circuito de la vivienda, sin dar lugar a indemnización de las personas afectadas según establece el artículo 82 del citado Reglamento al tratarse de medidas excepcionales por carencia de agua.

El Área de Medio Ambiente del Ayuntamiento, que regula el uso del agua, está monitorizando 5.500 contadores semana a semana con el objetivo de «poder observar el consumo de agua de las viviendas, detectar los picos de agua y aplicar las medidas y/o sanciones pertinentes». «Nuestro compromiso con las directrices del estado de excepcionalidad por sequía decretado por la Generalitat es firme. Continuaremos velando para cumplir todas y cada una de las medidas que recoge», ha asegurado el regidor de Medio Ambiente, Jordi González.

Ni lavar el coche, ni llenar piscinas, ni regar jardines

Las sanciones que prevé el reglamento del Ayuntamiento de Begur son:

Infracciones leves (sanciones hasta 750 euros): incluye lavar el coche, llenar piscinas de una superficie máxima de 72 metros cuadrados, regar jardines de más de 1.000 metros cuadrados o un consumo excesivo de agua, siempre que se sobrepase un 10% del límite establecido.

Infracciones graves (sanciones de hasta 1.500 euros): regar jardines de superficies estimadas entre los 1.000 y los 3.000 metros cuadrados, llenar grandes piscinas de entre 72 y 300 metros cuadrados, el consumo excesivo de agua siempre que se sobrepase entre un 10 y un 25% del límite establecido, o ser reincidente en el plazo de un mes con una actuación sancionada como leve.

Infracciones muy graves (sanciones hasta 3.000 euros): regar jardines de hasta 3.000 metros cuadrados, llenar piscinas de más de 300 metros cuadrados, el consumo excesivo de agua siempre que se sobrepase el 25% del límite establecido por vivienda, la desatención a los requisitos que realice el Ayuntamiento o ser reincidente en el plazo de un mes con una actuación sancionada como grave por resolución firme.

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