Era un martes, de madrugada. Un 23 de septiembre de 2019, ahora hace siete años, y cuando solo faltaban tres semanas para que la sala segunda del Tribunal Supremo condenara a 99 años de prisión a los líderes institucionales y civiles del Proceso y del Primero de Octubre. La Guardia Civil irrumpía en varios municipios de Cataluña en una espectacular operación contra los Comités de Defensa de la República (CDR) en el marco de unas actuaciones que la fiscalía de la Audiencia Nacional enmarcaba dentro del gran concepto de terrorismo. Era aquello que el instituto armado bautizó como «Operación Judas» y que, incluso, creó la figura de los llamados ERT, acrónimo de unos inéditos «Equipos de Respuesta Táctica».

Una acción que se interpretó como un dispositivo de aviso ante las manifestaciones que se preparaban para responder a la inminente sentencia del Proceso que tenía mal presagio. La instrucción del caso fue a parar al Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, entonces en manos del magistrado Manuel Garcia Castellón, ahora ya jubilado, que llevó a cabo una instrucción accidentada y con varios correctivos por parte de la sala de apelaciones por vulneración de derechos fundamentales. Han pasado siete años, uno de los acusados quedó eximido por enfermedad, pero las acusaciones continuaron a pesar de que se limitó lo que se podría utilizar en la incriminación del sumario de la causa. De hecho, la fiscalía pedía hasta veintisiete años de prisión y las acusaciones populares hasta treinta y tres años.

Ahora bien, la aprobación de la amnistía frenó, provisionalmente, la celebración de la vista oral. La Audiencia Nacional presentó cuestiones prejudiciales sobre si los delitos relacionados con el terrorismo, como de los que estaban acusados, eran compatibles con la legislación europea. Unas preguntas a instancias de las durísimas acusaciones particulares, aunque magistrados de la sala que debía presidir el juicio admitían que «ya habían aplicado la amnistía del 77». Todo un mensaje que ahora debe esperar la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para cerrar un caso, donde, paradójicamente, los guardias civiles acusados de torturas ya han sido amnistiados. El 13 de noviembre el abogado general del TJUE dará su opinión, no vinculante, sobre si el caso es amnistiable.

Agentes de la Guardia Civil durante los registros en Sabadell el 23 de septiembre de 2019/Quico Sallés
Agentes de la Guardia Civil durante los registros en Sabadell el 23 de septiembre de 2019/Quico Sallés

Una instrucción con muchos agujeros

La madrugada del 23-S, efectivos de la Guardia Civil entraron en varios domicilios ubicados en Sabadell, Sant Fost de Campsentelles, Mollet, Santa Perpètua de Mogoda, Cerdanyola (Vallès Occidental) y Sant Vicenç de Torelló (Osona). Un operativo que se alargó 14 horas y donde la fiscalía antiterrorista tuvo un protagonismo mediático intenso. Una verdadera redada que terminó con 10 registros y 9 detenidos acusados de terrorismo, rebelión y también tenencia de explosivos. Tres de los arrestados quedaron en libertad el mismo día y cinco fueron hacia Madrid para pasar a disposición del magistrado García Castellón.

A partir de entonces comenzó un verdadero viacrucis judicial, aunque las pruebas que se habían recogido desinflaban la importancia del operativo y la gravedad de los delitos que, a priori, imputaban a los arrestados, que fueron puestos finalmente en libertad. El instructor sufrió varios tirones de orejas por parte de sus compañeros de toga en varias de sus resoluciones sobre recursos de las defensas. Además, apareció una causa secreta, la 104/2017, en la misma Audiencia Nacional, de donde derivaba mucha prueba que se imputaba a los encausados por la cual las defensas pusieron el grito en el cielo. De hecho, la sala de apelaciones obligó al juez a entregar todas las diligencias que habían servido para imputar a los supuestos CDR. Además, la fiscalía se hizo un lío mezclando los CDR, con Tsunami Democràtic, la CUP, Terra Lliure e incluso, Batman. Además, el sumario despertó serias sospechas sobre el uso de programas espía como el Pegasus a los investigados.

Uno de los principales protagonistas de la instrucción ha sido el magistrado Félix Guevara, presidente del Tribunal que teóricamente, los debería juzgar, que se puso firme con el juez instructor y le paró los pies cuando se pasaba de la raya. A pesar de esto, Garcia Castellón aceleró y cerró la instrucción aprovechando el debate sobre la proposición de ley de la amnistía. Momento en que la fiscalía puso negro sobre blanco una petición de pena de hasta veintisiete años de prisión a los doce acusados que las acusaciones particulares de Vox y la Asociación de Víctimas del Terrorismo inflaban hasta los treinta y tres años.

Abogados de la defensa de los CDR esta tarde en el TJUE/Natàlia Segura
Abogados de la defensa de los CDR esta tarde en el TJUE/Natàlia Segura

Una amnistía que desespera

La ley del olvido penal para el independentismo se aprobó, y la fiscalía, que ya no estaba en manos de Miguel Ángel Carballo, decidió pedir su aplicación a los acusados. Pero las acusaciones particulares, que insistían en los delitos de terrorismo, se opusieron y pidieron presentar unas cuestiones prejudiciales ante el TJUE por la duda de si los delitos de terrorismo se podían amnistiar de acuerdo con la legislación europea. De hecho, la ley era bastante clara porque especificaba que no se podían amnistiar los delitos de terrorismo que habían afectado la vida de las personas. Una especificidad que incluía la ley a través de incorporar la definición técnica de terrorismo que hace la directiva antiterrorista del derecho europeo.

El debate jurídico se hizo patente el pasado 15 de julio en la Gran Sala del TJUE, cuando se celebraron las vistas sobre las cuestiones prejudiciales que tres tribunales y un tribunal administrativo presentaron sobre la ley de amnistía. Las prejudiciales preguntaban si era contrario al derecho de la Unión Europea poder amnistiar delitos de terrorismo y si la ley tenía un componente discriminatorio. Las defensas lo tuvieron bastante claro al asegurar que la  ley de amnistía no ponía en riesgo la lucha antiterrorista ni en España ni en Europa, y que no discrimina, porque también se ha aplicado a policías y personas no independentistas.

Al fin y al cabo, insistían en que solo era una exención temporal y concreta de la normativa española y europea antiterrorista, pero no su “derogación total”. Un argumento también defendido por el Tribunal Constitucional en la sentencia que avala la ley del olvido penal para el independentismo. En definitiva, después de siete años de instrucción a los 12 acusados no se les atribuye ninguna violación de los derechos humanos, ninguna víctima y en el procedimiento no hay pendiente ninguna responsabilidad civil. Es decir, elementos indispensables para no ser considerado terrorismo según los márgenes del derecho europeo. De hecho, los abogados del caso recordaron en la vista que la amnistía no supera el derecho europeo porque, contado y debatido, el terrorismo tiene una legislación mucho más amplia en España que en el derecho de la Unión.

La identificación de los botes de lejía que tienen un producto transparente/QS
La identificación de los botes de lejía que tienen un producto transparente/QS

Siete años

Después de siete años, el símbolo de la operación Judas -un nombre policiaco y judicial del cual aún no se ha aclarado el origen- se traducía en una nueva fase represiva al independentismo más combativo. Es decir, lo que eran los CDR que se convirtieron en el blanco de los golpes y la excusa de los servicios de información de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado para espiar, controlar y fiscalizar el independentismo civil, una vez el institucional había entrado en fase de ‘pacificación’ y en los tribunales.

Fue entonces como tener lejía o utilizar el wifi de los bares eran suficientes indicios para considerar que los CDR tramaban ataques terroristas. Hasta el punto que los EE.UU. incorporaron los CDR como movimiento terrorista en un informe del departamento de Seguridad Nacional del año 2019. Los investigadores y la fiscalía concluyeron que los CDR procesados en la operación Judas formaban parte del «movimiento independentista global más radical y más combativo” que busca la “materialización de la república catalana por cualquier vía, incluidas las violentas, por eso, los investigados pertenecen a los CDR y al sector más radical, clandestino y comprometido”. A pesar de esto, permanecían en libertad y ahora están pendientes de que el TJUE decida sobre si se les puede aplicar la amnistía.

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