Movimientos de efecto dominó a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con la que avalaba la ley de amnistía. La defensa del presidente del grupo parlamentario de ERC, Josep Maria Jové y del gerente de ERC, Lluís Salvadó, ha movido una pieza interesante en el caso que se mantiene vivo en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) contra ambos por su participación en el Primero de Octubre. Un caso que se desgajó de la instrucción de la causa madre del Proceso del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona, con una cuarentena de imputados, que ya ha sido archivada por la amnistía.
Jové y Salvadó fueron procesados por el TSJC, cuando estaba presidido por el magistrado Jesús María Barrientos, por los supuestos delitos de prevaricación, desobediencia y malversación. Como el resto de procesados en la misma causa, pidieron la aplicación de la ley de amnistía. Pero la Sala Civil y Penal del alto tribunal consideró que, primero, era necesario presentar una cuestión prejudicial ante el TJUE y también una cuestión de inconstitucionalidad en torno al delito de malversación. La cuestión de inconstitucionalidad fue rechazada de plano el 27 de enero de este año. Pero la cuestión prejudicial sigue vigente, pero después de la resolución del pasado 16 de julio, la defensa de Jové y Salvadó han pedido al TSJC retirarla porque entienden que el tribunal europeo ya la ha contestado de manera favorable a sus clientes. El TSJC ha comunicado que ha admitido a trámite su escrito y que inicia su deliberación y traslado a las partes.

Una cuestión ya resuelta
El TSJC presentó la cuestión prejudicial porque consideraba adecuado que el TJUE examinara la adecuación de la ley de amnistía a lo dispuesto en el artículo 325.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y los artículos 3.1 y 4.3 de la Directiva (UE) 2017/1371, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal. Prácticamente, la misma cuestión que planteó el Tribunal de Cuentas y que ahora el organismo estatal intenta esquivar o demorar su aplicación.
Los abogados de la defensa de los dirigentes republicanos, que ostentaban las secretarías generales de la vicepresidencia de Oriol Junqueras durante el Primero de Octubre, han aportado las sentencias del pasado 16 de julio donde el TJUE avalaba la amnistía y rechazaban la pretensión de que la malversación en el marco del referéndum no afectaba los fondos europeos. Es decir, que entienden que la cuestión prejudicial ya ha sido resuelta y es cosa juzgada. Por lo tanto, razonan que se debería retirar y aplicar de manera inmediata la ley del olvido penal para el independentismo a los dos republicanos acusados.

