Vaciar el cajón. Así se puede definir el trabajo que está llevando a cabo la poderosa sala penal del Tribunal Supremo con una verdadera lluvia de amnistías que tenía pendientes sobre la mesa. De hecho, eran casos que se encontraban en recurso de casación o bien reclamaciones de aplicación de la amnistía en casos ya resueltos por el alto tribunal y que dormían el sueño de los justos. Todo ello a raíz de la contundente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), del pasado 16 de julio que resolvía dos cuestiones prejudiciales que, bien mirado, poco tenían que ver o casi nada con los casos que los magistrados del Supremo han amnistiado, como los miembros independentistas de la mesa del Parlamento que presidieron Carme Forcadell o posteriormente Roger Torrent, de tres activistas condenados por desórdenes, la exconsejera de Agricultura Meritxell Serret o un alcalde por su apoyo al Primero de Octubre.
De hecho, el TJUE avaló la ley de amnistía y su aplicación en el caso de la operación Judas y en el caso del Tribunal de Cuentas. Una resolución, sin embargo, que tiene una onda expansiva hacia otros procedimientos aunque en ninguno de los dos casos directamente analizados aún se ha aplicado, después de una semana. El primer caso, a través de la cuestión prejudicial presentada por la Audiencia Nacional sobre la validez de la amnistía en los delitos relacionados con el terrorismo; y, en el segundo caso, por el supuesto delito de malversación, a raíz de los gastos del referéndum y de la acción exterior desde el año 2011 hasta el 2017.
Ninguna de estas dos instancias ha aplicado la amnistía en sus casos. Al contrario, el Tribunal de Cuentas ha demorado la aplicación a pesar de la oposición incluso del ministerio fiscal que reclama la aplicación inmediata de la ley. La decisión del Tribunal de Cuentas le ha costado una denuncia ante el TJUE y la Comisión Europea. En cuanto a la Audiencia Nacional, fuentes del tribunal apuntan que hasta septiembre no se tomará una decisión porque la intención es «analizar en profundidad» las resoluciones de la magistratura europea. Pero estas dos inaplicaciones no son las únicas que claman al cielo, también hay que añadir las que políticamente tienen más peso: las amnistías de los condenados por malversación y los procesados por el Supremo por el mismo delito y que forman parte del exilio.

El Supremo marca la agenda
De hecho, el Supremo decidió esperar la resolución de las cuestiones prejudiciales para resolver sobre las amnistías pendientes de aplicación, aunque no tenía ninguna obligación expresa legal de aplazarlas porque los hechos juzgados no tenían conectividad, más allá de que son hechos susceptibles de aplicar la ley del olvido penal para el independentismo. De ahí, las cuatro resoluciones del viernes pasado que amnistiaban de un solo golpe a 8 personas.
En detalle, se archivaba el caso a tres activistas condenados por desórdenes que tenían pendiente el recurso de casación de las defensas; al expresidente del Parlamento, Roger Torrent así como al resto de miembros independentistas de la mesa que presidía -Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado- que a pesar de ser absueltos tenían pendiente el recurso de casación presentado por la fiscalía y la acusación popular; y finalmente, al exalcalde de Sabadell, Maties Serracant, por desobediencia por su apoyo al referéndum del Primero de Octubre.
Entre el lunes y este martes, el Supremo ha trabajado y ha aplicado la ley a los miembros de la Mesa que presidía Carme Forcadell, que han vivido un verdadero periplo judicial, incluso con la anulación de una sentencia condenatoria por parte del Supremo. El recurso que rondaba por la oficina judicial del Supremo ha quedado archivado, con la ironía de que condenados en este proceso como la exvicepresidenta de la cámara catalana, Anna Simó, se pudo reincorporar al servicio público como consejera de Educación en el Gobierno de Pere Aragonès, porque la condena por inhabilitación ya la había cumplido. Se añade al paquete, la amnistía a la exconsejera de Agricultura, Meritxell Serret, que también tenía el caso en manos del Supremo después de la condena por desobediencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), tras su regreso del exilio.

Pero, ¿y los pendientes?
A pesar de las amnistías a raudales, aún quedan pendientes las que políticamente tienen un protagonismo más que especial y que sí tienen una relación fáctica con la sentencia del TJUE. En primer término, los condenados y procesados por el Tribunal Supremo por el delito de malversación. Es decir, Oriol Junqueras, Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull así como los miembros del exilio, Carles Puigdemont, Lluís Puig y Toni Comín, con la espada de Damocles de la orden de detención estatal emitida por el magistrado Pablo Llarena.
De momento, el Supremo no ha dicho nada sobre estos casos concretos, con la excusa de que esperan la resolución de los recursos de amparo del Tribunal Constitucional presentados por, precisamente, la inaplicación de la amnistía. El TC no celebrará su próximo pleno hasta el 22 de septiembre. Un calendario que podría llegar a demorar la decisión sobre los recursos hasta el mes de noviembre. A pesar de ello, el Supremo podría decidir de oficio, y antes del TC, sobre la aplicación de la amnistía.

Táctica para dilatar
Los magistrados de la sala penal tienen el cetro del poder, porque hay varios escenarios que se abren que pueden acabar de remachar el verdadero objetivo tanto de las cuestiones prejudiciales como de las cuestiones de constitucionalidad, «dilatar el máximo tiempo posible la aplicación de la ley del olvido penal para el independentismo». De hecho, el Supremo puede recordar que aún quedan cuestiones prejudiciales por resolver, como la presentada por un Juzgado de Vilanova i la Geltrú y por el TSJC, sobre el caso de Josep Maria Jové y Lluís Salvador. En esta última causa, la defensa de los dirigentes de ERC ya ha pedido a la sala civil y penal que presentó la prejudicial que la retire a la vista de la resolución del pasado 16 de julio que la daría por contestada. Por lo tanto, habría perdido el objeto. Una petición que el Tribunal ya ha comenzado a tramitar-
Por otro lado, el Supremo puede alegar que como Tribunal no ha presentado ninguna prejudicial concreta sobre la malversación, y por lo tanto no se siente aludido. Una tesis débil a la vista de dos elementos claves. En primer término, que la prejudicial del Tribunal de Cuentas ya respondería en genérico sobre la malversación; y, en segundo lugar, porque si el TJUE avala amnistiar delitos de terrorismo, por un principio de proporcionalidad, también legitima un delito menor como es la extravagante interpretación del delito de malversación utilizado para mantener la represión contra los líderes institucionales del Primero de Octubre.
Otra posibilidad es un enésimo intento del Supremo de presentar una prejudicial concreta sobre la malversación aprovechando el viento de cola que pueda llegarle a través de la sentencia de los recursos de amparo del TC. Una decisión que, seguro, llegará con una notable división dentro de la magistratura constitucional. Una opción que tendría un recorrido como una cola de paja porque, todo apunta a que siguiendo la doctrina del TJUE, el tribunal europeo ni la tramitaría porque entendería que es cosa juzgada. En síntesis, el Supremo tiene el mando para regular hasta qué punto alarga la agonía de la represión a los líderes del Proceso y aquí entra otro vector a considerar, calcular si el retorno de Puigdemont o la habilitación de Junqueras beneficia o perjudica los intereses tácticos de Pedro Sánchez. Posiblemente, las amnistías pendientes sean la resolución más política desde el 14 de octubre de 2019.

