Más sorpresas en el recurso de amparo presentado por Acción Cassandra, la entidad jurídica en defensa de los derechos de la minoría nacional catalana, contra el traslado de las pinturas murales de Sixena al monasterio en Aragón. Si este martes el abogado del Ayuntamiento de Sixena, Jorge Español, intentaba infructuosamente personarse en la causa, este miércoles el protagonista ha sido el Tribunal Supremo.

A través de una inédita diligencia, a la cual ha tenido acceso El Món, la sala civil del alto tribunal, ha acordado remitir al Tribunal Constitucional copia de la sentencia que confirma las dos resoluciones anteriores de ordenar el traslado de los frescos románicos del Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a Sixena. Una decisión que ha sido muy bien recibida por los impulsores del recurso, porque interpretaban que los magistrados del Supremo podían obstaculizar la petición alegando que estos letrados no son parte personada en el pleito civil.

Sea como sea, el Supremo ha atendido con una celeridad extraordinaria la petición de los tres encargados de analizar el recurso, que tiene como ponente a la vicepresidenta Luisa Balaguer, del sector progresista. De hecho, el pasado 4 de julio decidió abrir carpeta del recurso y requerir la sentencia del Supremo, la del juzgado de Primera Instancia de Huesca y la de la Audiencia. Con la decisión del Supremo, poco margen tendrían los otros dos tribunales para no aportar testimonio de la sentencia u obstaculizar la entrega. Por tanto, tanto Josep Rosell como Lluís Gibert, coordinadores de Acción Cassandra, consideran la decisión del Supremo una «muy buena noticia».

Fachada de la sede del Tribunal Constitucional / Europa Press

Un recurso para proteger derechos fundamentales

El recurso presentado por Acción Cassandra considera que existe una vulneración del derecho constitucional al patrimonio artístico y cultural establecido en el artículo 44 de la Constitución. “Aunque sea un principio rector, este derecho adquiere valor efectivo cuando una ejecución judicial puede frustrar el acceso universal al arte, especialmente si el traslado de las obras a un espacio privado y de difícil acceso como Sixena priva a la sociedad catalana de su disfrute”, razonan Rosell y Gibert en el recurso.

El recurso puede ser la vía para detener la ejecución de la sentencia, ya solicitada por Aragón y, de rebote, para buscar el amparo ante la justicia europea a través de una demanda al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En las próximas semanas se sabrá la respuesta del resto de instancias judiciales y los magistrados del TC ya podrán elaborar un primer dictamen para admitir o no formalmente el recurso.

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