Ofensiva de todos los investigados en la causa del Tsunami Democrático. Todas las defensas han registrado un escrito conjunto donde describen el error procesal del magistrado instructor, Manuel García Castellón, con los plazos de la instrucción judicial que obligaría al archivo de la macrocausa que investiga por un hipotético delito de terrorismo. En este sentido, las defensas alegan que uno de los imputados, Josep Lluís Alay, jefe de la oficina de Carles Puigdemont, denunció el pasado mes de noviembre sobre la caducidad de la instrucción.
Ahora, aprovechando que el titular del Juzgado Central número 6 de la Audiencia Nacional remitió una exposición razonada al Tribunal Supremo, y una vez que el ministerio fiscal ha informado desfavorablemente sobre el hecho de que la causa continúe por terrorismo y en el alto tribunal, las defensas ponen los puntos sobre las íes. En este sentido, en un escrito de 17 páginas al cual ha tenido acceso El Món, los abogados enfatizan que la prórroga de la instrucción se dictó el 29 de julio de 2021, pero no lo firmó el magistrado hasta el 2 de agosto, cuando ya había expirado el plazo para pedir la prórroga de la instrucción.
Todo esto con el sello de secreto de sumario. Las defensas entienden que no solo firmó la prórroga fuera de plazo, sino que, además, tendría que haber citado a las partes para decretar la prórroga y proceder a las siguientes diligencias de instrucción. Así, certifican que solo por las firmas que se recogen en las diferentes interlocutorias, ni siquiera se dio el trámite de una «audiencia» —un día— para que el ministerio fiscal se pudiera pronunciar sobre la prórroga de la instrucción. Un trámite al que obliga el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Una instrucción sin validez
El escrito, pues, arguye que toda la investigación, pruebas e indicios recogidos por el juzgado con la ayuda del servicio de información de la Guardia Civil que se recogió desde el 29 de julio no es válida y tiene que ser expurgada de la causa. Además, los abogados critican con contundencia que la interlocutoria de prórroga, que, además de fuera de plazo, no está «razonablemente justificada» para aclarar qué «concretas diligencias hay que practicar y qué relevancia tienen en la investigación».
En este sentido, claman a la sala de lo Penal del Tribunal Supremo, y especialmente al poniente que tiene que valorar la exposición razonada que García Castellón remitió, el magistrado Juan Ramón Berdugo, para que antes de que emita una decisión sobre su competencia, archive la causa por vencimiento del plazo.