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Giro sorprendente del ponente de la sentencia del recurso de amparo de Jordi Turull que se debe deliberar y aprobar en el próximo pleno del Tribunal Constitucional (TC), el 6 de octubre. Los magistrados ya han recibido el segundo borrador que firma José María Macías, magistrado catalán del ala más dura del sector conservador, que retiró su primera ponencia el pasado 22 de septiembre. Aquel primer texto desestimaba el recurso del exconsejero de Presidencia, pero, al ver que la mayoría del tribunal apostaba por darle amparo y aplicarle la ley del olvido penal para el independentismo, decidió reescribir nuevamente la propuesta de sentencia.

De hecho, Macías realizó una maniobra poco habitual, que es quedarse el rol de ponente a pesar de que su propuesta no reflejaba el «sentir mayoritario» del tribunal. El nuevo texto, adelantado por el diario El Español y que ha confirmado El Món, no solo avala que se aplique la amnistía por el delito de malversación a Turull -y, de rebote, a los condenados y procesados por este delito- sino que da un paso más allá, porque razona que el Tribunal Supremo no sigue la finalidad de la ley. Fuentes del TC apuntan a El Món que «fundamentalmente, lo que defiende la [nueva] sentencia es que el beneficio personal de carácter patrimonial debía interpretarse dentro de la finalidad de la ley». «Los magistrados del Supremo, con su rechazo a la amnistía se apartaron de la finalidad de la norma de manera clara», añaden las mismas fuentes y más después de reinterpretar el delito en sí.

Es decir, que aunque el Supremo reinterprete el delito de malversación no puede esquivar la amnistía, porque el objetivo de la ley es aplicar el olvido penal para el independentismo de la manera que sea más favorable a los procesados y a los condenados. La decisión del Supremo de basar su negativa en un supuesto beneficio patrimonial porque utilizaron fondos públicos para un objetivo político que el tribunal considera personal, sería, según el TC, una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y al principio de legalidad. Y, de paso, incluye que se habrían vulnerado sus derechos de representatividad y participación política. Una tesis que constituye un tirón de orejas a la sala penal del Tribunal Supremo y al juez instructor del juicio del Procés, Pablo Llarena.

Jordi Turull, secretario general de Junts. Barcelona 30-01-2025 / Mireia Comas
Jordi Turull, secretario general de Junts. Barcelona 30-01-2025 / Mireia Comas

Una sentencia que se hace esperar

De esta manera, a partir del seis de octubre la ley de amnistía allanará el camino para el levantamiento de las inhabilitaciones y de las órdenes de detención para los miembros del exilio. Aunque este escenario no es cien por cien seguro, porque el Supremo aún tiene algún as bajo la manga, como presentar una nueva cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Ahora bien, fuentes judiciales ven cada vez más débil esta opción por dos motivos muy concretos.

Por un lado, por la contundencia con la que se ha expresado el TJUE respecto de la amnistía el pasado 16 de julio, que ha metido en un embrollo al mismo Supremo y al Tribunal de Cuentas. Y, por otro, el rotundo argumento del Tribunal Constitucional que, aunque evita calificar las decisiones del Supremo directamente de arbitrarias, sí que hace saber que la sala penal que preside Manuel Marchena se ha pasado de la raya ignorando el objetivo de la norma con maniobras que habrían vulnerado derechos fundamentales.

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