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El instructor del caso Leire, sobre las presuntas cloacas del PSOE, ha decidido rechazar por ahora «atribuir la condición de persona jurídica investigada al PSOE«. Según el magistrado titular del Tribunal Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, aún faltan por practicar algunas diligencias en el marco de la causa. De hecho, el juez acepta las razones de la fiscalía anticorrupción que ayer presentó un escrito en el que pedía calma en la imputación de la formación de Pedro Sánchez. Una decisión importante a las puertas del inicio de la campaña electoral.

El ministerio público proponía esperar a tomar una decisión porque aún quedaba tomar declaración a investigados que pueden aportar información en una causa donde se investiga una supuesta organización para desestabilizar las causas judiciales que afectaran al PSOE y al Gobierno. Uno de los ejemplos aportados por la fiscalía fue que aún está pendiente la declaración del exnúmero tres del PSOE, Santos Cerdán, también investigado en el caso de las comisiones en el marco del caso Koldo. Además, el juez recuerda que aún se debe analizar la documentación confiscada en el caso. La petición de imputación la había reclamado el PP que coordina las acusaciones populares en el sumario.

Parte dispositiva del auto de Ferraz con el que evita imputar al PSOE/QS
Parte dispositiva del auto de Ferraz con el que evita imputar al PSOE/QS

Todavía no hay suficiente prueba

Pedraz, fiel a su estilo más bien cuidadoso, argumenta en su auto, de tres páginas y al que ha tenido acceso El Món, que sigue la doctrina del Tribunal Supremo en relación con la responsabilidad penal de las personas jurídicas y los requisitos que se exigen para su imputación. En esta línea, detalla que de los indicios recogidos hasta ahora no se acredita lo que se denomina un “principio de prueba” para atribuir la condición de investigado. “Aunque los hechos pudieran presentar en abstracto apariencia delictiva por parte del PSOE, no se incorpora aún un elemento o principio de prueba que avale razonablemente su realidad”, defiende el magistrado.

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