El nombre hace la cosa, dicen. Esta es la fórmula del Departamento de Interior para intentar explicar el fenómeno de la reincidencia y la multireincidencia. Un hecho que presiona mediáticamente la gestión política de la seguridad y que ha supuesto la puesta en marcha de grandes dispositivos policiales como el plan Tremall, centrado en la ciudad de Barcelona. Una de las soluciones del departamento codirigido por la consejera, Núria Parlon, y el director general de la Policía, Josep Lluís Trapero, es cambiar la «metodología» para analizar y estudiar lo que definen como «fenómeno criminológico».
Lo explica, negro sobre blanco, una respuesta parlamentaria de la consejera, a la que ha tenido acceso El Món, a preguntas del portavoz de Interior del PP, Alberto Villagrasa. Parlon detalla que es necesario diferenciar los conceptos policiales de los jurídicos que tiene la reincidencia, por eso, ha creado «un plan de trabajo» para conseguir más precisión en los datos y cuál es la fórmula para considerar a una persona como reincidente desde la óptica policial. Es decir, un «criterio operativo» que permita estudiar más a fondo el fenómeno y poder responder de una manera más eficaz.

Qué es un reincidente
«El concepto de reincidencia se define desde el ámbito jurídico dentro del contexto del derecho penal español, concretamente en el artículo 22.8 del Código Penal, donde se recogen los requisitos de condena previa firme y ejecutoria, delito del mismo título del Código Penal, delito de la misma naturaleza y antecedentes penales vigentes», recuerda Parlon en su respuesta. Una tesis que contrapone con el concepto de multireincidencia en el contexto policial.
En este sentido, razona que policialmente el término reincidencia «no es sinónimo de su significado en el derecho penal». De hecho, recuerda que la función policial es de prevención, investigación y detención, y no de condena. En este sentido, informa que los Mossos están «implementando un plan para prevenir y reducir la reincidencia, en relación con las detenciones». «Con el objetivo de garantizar la máxima precisión y utilidad de los datos recogidos a largo plazo, se está revisando la metodología de recogida y análisis de datos de este fenómeno criminológico en el ámbito policial», justifica. Es decir, establece nuevas formas de definir la reincidencia.

«Criterios determinados»
Así la consejera admite que se ha empleado uno de los criterios operativos para «detectar esta persistencia delictiva». En concreto, Interior considera «a las personas activas y persistentes» las que en un plazo de 6 meses y en delitos patrimoniales cumplan unos criterios determinados. En resumen, los que acumulen 7 o más detenciones por hurto; los que tengan 5 o más detenciones entre robo con violencia/intimidación y hurto; 7 o más detenciones por robo con fuerza o 5 o más detenciones entre robo con fuerza y violento/intimidación. Esta fórmula, sin embargo, podría cambiar con el tiempo.
Siguiendo este criterio, Interior ha contado que en el año 2023 detectaron 262 reincidentes y en el año 2024, 285. Un recuento en el que la misma consejera avisa que cada persona se contabiliza una sola vez por cada año, independientemente de si cumple el criterio más de una vez durante el mismo año. Cabe decir que Interior deja claro que no dispone de los datos sobre los detenidos que se encuentran en situación irregular en el estado español, dado que los Mossos no tienen atribuidas competencias en materia de inmigración.

