Plataforma per la Llengua ha presentado una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra el Estado español por «excluir a las entidades en defensa del catalán del proceso judicial del 25% de castellano en las aulas». La decisión de presentar esta demanda se ha tomado después de haber agotado todas las vías legales que ofrece el Estado español, dado que este julio el Tribunal Constitucional también inadmitió el recurso de la ONG del catalán. La entidad defiende que el Estado español ha violado tres artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos: el que prohíbe discriminar (artículo 14) y los que establecen los derechos a un juicio equitativo (artículo 6.1) y a un recurso efectivo (art. 13).
La entidad que preside Óscar Escuder ha anunciado la decisión a través de un comunicado, donde ha lamentado que este julio el TC decidió no admitir a trámite el recurso de la entidad para que las entidades en defensa del catalán no quedaran excluidas del proceso judicial del 25% de castellano en las aulas. Este era un recurso de amparo contra la resolución del Tribunal Supremo, que confirmaba lo que ya había comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que excluía del proceso judicial a todas las entidades en defensa del catalán que pretendían recurrir contra la interlocutoria a pesar de que el mismo tribunal sí había admitido como partes interesadas a dos entidades en defensa del castellano.
Plataforma per la Llengua defiende que la decisión del TSJC fue «totalmente irregular» y considera que «la excusa que alegaba para no aceptar a la entidad como parte interesada era particularmente ridícula, ya que lo justificaba porque el caso tenía que ver con la vehicularidad del castellano, y no con la del catalán». La ONG del catalán denuncia que la denegación de intervención en el proceso judicial es contraria al artículo 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, un articulado que establece que toda persona que haya visto violados sus derechos y libertades reconocidos en el convenio tiene derecho a un recurso efectivo ante una instancia estatal, incluso si la violación ha sido cometida por personas en el ejercicio de funciones oficiales. «La denegación impide a las entidades en defensa del catalán disfrutar del derecho a un recurso efectivo y a una tutela judicial efectiva de jueces y tribunales, y obtener una decisión imparcial y razonada», sentencia la entidad.

Plataforma per la Llengua denuncia trato desigual
Asimismo, Plataforma per la Llengua denuncia trato desigual con su exclusión del proceso judicial porque se le ha negado la posibilidad de defender su posición sobre la ejecución de la sentencia, dictada a raíz de una petición de Asamblea por una Escuela Bilingüe. «No puede haber un proceso judicial en el que solo se acepte la participación de una de las partes», expone y, es por eso que denuncia no haber recibido «un trato igualitario en este proceso judicial». La entidad presidida por Escuder cree que con la decisión se vulnera el artículo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que «el disfrute de los derechos y libertades reconocidos en el convenio debe asegurarse sin ninguna distinción». En este caso, además, Plataforma per la Llengua acusa al tribunal de rechazar la personación de la entidad por «la posición procesal que intuía que defendía, aunque Plataforma per la Llengua no tuvo ni la oportunidad de manifestarla en el proceso judicial».
Recurso de la ONG del catalán al TSJC para la recusación del tribunal
Por otro lado, la entidad ha presentado un recurso al TSJC para que admita a trámite la recusación del tribunal que este julio suspendió cautelarmente el Decreto de régimen lingüístico del sistema educativo impulsado por el Departamento de Educación. En este sentido, advierte que si el tribunal no admite el recurso a trámite, la entidad solicitará un incidente de nulidad de las actuaciones, y, si es necesario, llevará el caso hasta el Tribunal Constitucional y a la justicia europea.