La sección 9ª de la Audiencia de Barcelona ha estimado el recurso de apelación interpuesto por Acció Cassandra en el caso Correos Express de catalanofobia y ha dejado sin efecto el archivo que dictó el juzgado de instrucción número 2 de Cornellà de Llobregat. En la resolución, dictada el 26 de mayo, los magistrados de la sala concluyen que el juzgado cerró la causa sin ofrecer una motivación suficiente, con una fórmula estandarizada que no valoraba ni los hechos denunciados ni la documentación aportada, y que esto generó indefensión a la parte denunciante. La entidad jurídica de Lluís Gibert y Josep Rosell considera esta decisión «un éxito» y una «novedad relevante», porque la Fiscalía se adhirió al recurso y ahora la Audiencia lo acepta y «reconoce que el archivo se dictó sin la motivación exigible, lo que abre una nueva fase en la que el juzgado deberá examinar el caso de manera real y no meramente formal».
La resolución de la Audiencia que da respuesta al recurso considera que el archivo del juez vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva porque no argumentaba por qué se entendía que no quedaba acreditada la posible comisión de un delito de discriminación, a pesar de que en la denuncia constaban un relato concreto de los hechos y documentos de apoyo. La sala, además, remarca que el juzgado incoó diligencias y de manera inmediata las archivó, sin practicar ninguna diligencia de investigación ni ofrecer un razonamiento mínimo sobre el caso, de modo que la decisión resultaba meramente aparente y jurídicamente insuficiente.
Por esta razón, la Audiencia ha declarado la nulidad del archivo y ha ordenado al juez que vuelva a resolver sobre el caso, «con libertad de criterio, pero esta vez de forma motivada, dando respuesta expresa a la denuncia presentada, a los hechos en que se fundamenta y, si procede, a las diligencias solicitadas». Aunque anula el archivo, la Audiencia no se pronuncia sobre la naturaleza penal de los hechos, pero sí deja claro que una causa de estas características no se puede cerrar en falso con una simple fórmula estereotipada.

El mensajero se negó a hacer una entrega porque le hablaron en catalán
Los hechos se remontan al 30 de mayo de 2025 cuando un repartidor de Correos Express se negó a hacer una entrega en Cornellà de Llobregat (Baix Llobregat) porque el cliente le habló en catalán. Ramón, el denunciante, explicó que el trabajador de la empresa de mensajería le exigió que le dijera el DNI «en español» y, como el receptor se mantuvo en su derecho a usar el catalán, no le quiso entregar el paquete, que contenía un ordenador. Acció Cassandra presentó una denuncia penal en el juzgado de guardia de Cornellà contra el repartidor por un presunto delito de odio lingüístico y el juzgado de instrucción núm. 2 de Cornellà acordó el sobreseimiento provisional de la causa, decisión contra la cual se interpuso recurso de apelación al que se sumó el ministerio fiscal, que considera que el archivo había sido prematuro y que, en todo caso, había que investigar los hechos y luego decidir si se cierra la causa o continúa la tramitación.

