«Consideramos acreditado un conjunto convergente de incoherencias técnicas, temporales, estructurales y metodológicas». Esta es una conclusión principal de los peritos Francisco Javier Martín Porras y Hernán López Mayoralas en el informe pericial forense de los audios que incriminan a Santos Cerdán en el caso de las presuntas comisiones que instruye el Tribunal Supremo. Un informe, de 57 páginas y al que ha tenido acceso El Món, solicitado por la defensa del exnúmero tres del PSOE, que desde el primer momento ha dudado de la veracidad de los audios y ha señalado su manipulación. Ahora concluyen que las irregularidades detectadas en los audios «no pueden considerarse accidentales ni atribuibles al funcionamiento ordinario del sistema operativo iOS» y, por tanto, señalan una manipulación de los indicios.
Los peritos aseguran que de los informes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) y de su servicio de investigación criminal sobre los audios chirrían. «En primer lugar, se constata que los audios presentan anomalías objetivas e incompatibles con un ciclo de vida digital nativo, como divergencias de frecuencia de muestreo entre archivos supuestamente generados con la misma aplicación y dispositivo». También alertan de «desfases significativos entre el tiempo real de grabación y el tiempo de codificación; y coincidencias masivas en fechas de modificación que solo pueden explicarse por exportación, reensamblaje o manipulación técnica en un único evento de sistema». «Cualquier afirmación de autenticidad original no tiene ningún soporte técnico verificable», interpretan los peritos cargando sobre la manera en que se han analizado los audios por parte de la policía.

Una extraña huella
Los peritos detallan que han detectado la presencia de firmas de versiones de iOS «cronológicamente imposibles» para las fechas que figuran en los nombres y los metadatos de los archivos. Es decir, sistemas operativos posteriores a los audios grabados. «La identificación de rastros simultáneos de iOS 12.2 y iOS 13.1.2 en audios atribuidos a abril de 2019 constituye una imposibilidad técnica categórica: ningún dispositivo puede incorporar huellas de un sistema operativo que no existía en la fecha declarada de creación», aseveran.
Esta circunstancia implica, a juicio de los peritos, que «de manera irrefutable, que los archivos fueron procesados, reconstruidos, transferidos o manipulados en un momento posterior, quedando descartada su supuesta originalidad». En el mismo sentido, considera que la metodología del instituto armado permite generar la duda sobre la veracidad de las grabaciones. «Ya que no se hace el análisis frame a frame, no se puede sostener que las grabaciones no hayan sido alteradas, editadas o insertadas desde fuentes externas», concluyen.
En el mismo sentido, la ausencia de valores hash originales -una especie de identificación digital- «impide reconstruir la trazabilidad digital de los archivos desde el momento de la incautación, generando una ruptura insubsanable en la cadena de custodia lógica de la evidencia». En este contexto, los peritos insisten en que «no es posible afirmar con certeza que los archivos examinados correspondan a las primeras copias forenses obtenidas por las unidades actuantes, ni que no hayan pasado por procesos intermedios de copia, reindexación, restauración o manipulación». Así subrayan que los fragmentos ni entre los audios que motivan la identificación policial y «comprometen la fiabilidad del análisis vocal y la identificación biométrica del locutor». «En consecuencia, no se puede sostener científicamente que las voces analizadas correspondan a una misma persona, ni que puedan atribuirse con fiabilidad a un individuo concreto», concluyen.

