Las sesiones del juicio contra los exconsejeros de Salud Alba Vergés y Josep Maria Argimon y tres altos cargos del departamento, por supuestamente haber discriminado en la vacunación a policías españoles y guardias civiles, han tenido un protagonista clave, el presidente del tribunal, el magistrado José Manuel del Amo. Un magistrado bien conocido en Manresa y en Berga, donde ha ejercido de juez durante más de una quincena de años. Aunque nacido en Madrid, es uno de los impulsores del catalán en la administración de justicia. De hecho, fue premiado por los abogados catalanes en el año 2013 por escribir las sentencias en catalán.
Pero, más allá del compromiso con la lengua, durante las jornadas de la vista oral, ha demostrado una atención rigurosa a la prueba practicada, un uso delicado de la ironía y un conocimiento del derecho profundo, con la convicción de que sus explicaciones han de ser claras e inteligibles, no solo para los profesionales que llevan toga en la sala, sino para los acusados, el público, la prensa y, sobre todo, para quienes van dirigidas sus decisiones, la ciudadanía. Solo cabe destacar un detalle, y es que el magistrado se dirige a los letrados y a las acusaciones por el apellido, huyendo del estereotipo de «la defensa» o «el ministerio fiscal». En las sesiones de esta semana, José Manuel del Amo ha demostrado todo esto en dos momentos que eran claves para la resolución del juicio.
En primer lugar, en uno de los debates que todavía se mantienen vivos en la práctica procesal penal. Concretamente, el valor de los indicios recogidos durante la instrucción. En este caso, las declaraciones de los acusados durante la instrucción, cuando entran en contradicción con lo que se declara en la sala y lo que se declara ante el juez instructor. Y, en segundo término, en lo que Del Amo ha definido como «efecto Hollywood» o americanización de las vistas penales, a raíz del hecho de que poco a poco se ha impuesto que los acusados declaren al final de la prueba practicada con testigos y peritos. Un sistema que el modelo continental procesal penal ha importado del sistema anglosajón en el largo proceso de fusión de los dos grandes sistemas judiciales vigentes en el mundo. Reflexiones en voz alta en una vista en la que, el lunes cuando se reanude la vista, quizás habrá la sorpresa de que el ministerio fiscal varíe sus conclusiones.

El caso Ramentol
La sesión de este viernes no evitó uno de los hechos que más debate suscita en las salas de vistas, y más cuando el juicio llega después de una larga instrucción, como sería el caso. La discusión se centra en el valor de lo que un acusado puede haber explicado en la instrucción en contraste con lo que explica en la sala. Hay tribunales que tienen muy claro que la prueba que vale y prevalece es la practicada en la vista oral. Y, de hecho, esa es la norma. Pero el debate y la duda llegan cuando un acusado se acoge al derecho a no declarar o a no responder alguna de las acusaciones. O bien, cuando el acusado incurre en contradicciones entre lo que declaró ante el juez instructor y lo que explica en la sala.
Entonces entra en juego un criterio delicado e incluso un punto subjetivo. En el primer caso, cuando un acusado no declara, existe el principio de que si bien las palabras son señales de las intenciones humanas, las palabras cerradas dentro de la mente son el secreto de la voluntad que solo sería percibido por la divina providencia, en el caso de que existiera. El eterno debate sobre el valor jurídico del silencio. Uno de los ejemplos más recientes ha sido el juicio de la operación Kitchen, donde la presidenta del tribunal, la magistrada Teresa Palacios, ha obligado a la fiscalía a demostrar las contradicciones de las declaraciones con las expresadas en la instrucción. Un trabajo de orfebrería que desalienta utilizar las declaraciones incriminatorias de la instrucción. En el segundo caso, los tribunales reclaman detallar cuáles son las contradicciones exactas -número de folio y frase- y ya se decidirá si la contradicción es suficientemente importante para invalidar una declaración en sala que es la que debe prevalecer.
En el juicio de la vacunación, donde los acusados se juegan entre 12 y 15 años de inhabilitación, uno de los pilares del juez de instrucción fue la declaración de Marc Ramentol, secretario general del departamento de Salud, del 4 de mayo de 2023. Una declaración forzada en una intención indisimulada del juez de buscar culpables de la supuesta discriminación. En aquella ocasión, Ramentol alegó que la decisión de detener las vacunaciones fue consensuada tanto por él mismo como por la consejera Vergés, Argimon, y por el director del Servicio Catalán de la Salud, Adrià Comella, también acusado.

La acusación popular y la contradicción
Esta declaración fue la principal con la que el juez instructor basó la acusación contra Vergés y el resto de procesados. De hecho, los whatsapps se presentaron posteriormente y, la interpretación incriminatoria del juez, terminó de hacer el trabajo. Pero Ramentol, en su declaración, varió su versión o, en todo caso, le quitó el carácter incriminatorio que vieron el juez instructor, el ministerio fiscal y los sindicatos y parasindicatos policiales acusadores.
Ramentol reafirmó la versión expresada por Vergés en el sentido de que la estrategia de vacunación de los cuerpos esenciales y de la prioridad de la población entre 55 y 65 años venía ordenada por el Consejo Interterritorial de Salud, el máximo órgano de decisión de salud pública durante la pandemia. Por tanto, la decisión no partía solo del gabinete de dirección del departamento. «Nosotros no podíamos innovar», resumió. En ese momento de la declaración, el letrado de la acusación popular de Jupol, el sindicato del Cuerpo Nacional de Policía -que incluso pedía penas de prisión para los encartados- saltó como un resorte.
El abogado denunció la contradicción entre lo declarado en instrucción y lo que Ramentol había relatado en el estrado. El presidente del Tribunal llamó a la calma ante el entusiasmo del letrado. De entrada le recordó que si quería detallar la contradicción, debía hacerlo en su informe. Pero dio un paso más allá. La sala sexta es una magistratura rigurosa y conservadora con las garantías procesales. El magistrado Del Amo resumió con destreza que lo que cuenta, al menos en su sala, es la prueba practicada en la vista oral y, más aún, si se tiene presente, la prueba periférica practicada que avalaría la unidad de las versiones autoexculpatorias de los procesados. El magistrado, con una elegancia profesional, dejaba claro que lo que cuenta en el tribunal es lo que sucede en sala.

La americanización del Proceso
Uno de los otros puntos que más animó la sesión del juicio de este viernes fue la declaración del exdirector de Servicios del Departamento de Salud Xavier Rodríguez Guasch, que vive en la paradoja de haber sido condecorado por el CNP por la vacunación y ahora está en el banco de los acusados. Antes de comenzar, sin embargo, su letrada, la perspicaz Míriam Company, pidió al tribunal un cambio sustancial. Hábilmente, recordó que la primera declaración fue como testigo. Eso implica que la hizo sin las garantías que debe tener un acusado y sin derecho a abogado, y sin ninguno de los preceptos del artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la guía imprescindible sobre los derechos de los imputados.
Aprovechando la ocasión, Company pidió al tribunal que al haber sido testigo y no acusado, ser la primera en interrogar antes de las acusaciones para remarcar el terreno de juego. Es decir, defender su función en la campaña de vacunación con los colectivos esenciales no sanitarios, entre los cuales había fuerzas de seguridad, como el CNP y la Guardia Civil. La petición de Company rompía el principio no escrito que se ha impuesto últimamente de que los acusados declaren al final de la práctica de la prueba.
Del Amo no desaprovechó la ocasión para explayarse en una cuestión que ha marcado los grandes juicios mediáticos de los últimos años, salvo el juicio del Proceso, donde los acusados declararon primero. Es lo que el presidente del tribunal bautizó como el efecto Hollywood. Es decir, la influencia de las series y las películas norteamericanas sobre procesos judiciales y cómo han contaminado el proceso penal continental, matriz del sistema español, mucho más estricto en las formas del procedimiento que el sistema anglosajón.

El contagio de Perry Mason
Del Amo explicó en la sala, con una plasticidad indiscutible, cómo ha ido variando el sistema judicial penal y remarcó la influencia de la ficción norteamericana en la concepción de las vistas orales. El sistema español ha sido muy permeable al hecho de que los acusados puedan declarar al final del proceso porque la ley de Enjuiciamiento Criminal no determina una manera específica del tiempo de su declaración y, además, protege más las garantías procesales del acusado saber qué han dicho los testigos, los peritos, los investigadores o, si es el caso, los otros coacusados.
El magistrado presidente detalló cómo ha sido de influyente la cultura cinematográfica y televisiva en esta nueva concepción de la práctica de la prueba. De hecho, el gran ejemplo es la serie judicial decana, donde Raymon Burr daba vida al elegante y audaz Perry Mason, que después de la declaración de su defendido -siempre más inocente que un Sugus- volvía a reclamar la presencia en el estrado de un testigo que, efectivamente, este sí era el culpable que acababa confesando sollozando el crimen. Pero si una declaración pervive en la mente de la generación de juristas como Del Amo, es el famosísimo interrogatorio de cara al jurado, del abogado Atticus Finch, a su cliente Tom Robinson, de la película Matar un ruiseñor, basada en la indispensable novela del mismo título. Una declaración, sin embargo, que marca el dramatismo que supone la condena preconstituida.
Ejemplos de declaraciones finales los encontramos en series como Suits o Ley y Orden, pero también otra teoría razonada por Del Amo. El hecho de que los abogados pidan a sus clientes que no declaren. Y, precisamente, hay un film que es el paradigma y que es una de las grandes tramas judiciales cinematográficas, Presunto inocente, de Alan Pakula, basada en la novela de Scott Turow. El caso es un resumen perfecto. Un exitoso fiscal, protagonizado por Harrison Ford, es acusado de asesinato, con una prueba débil. Su abogado, Sandy Stern, extraordinariamente interpretado por Raul Júlia, discute con su cliente porque le impide declarar a pesar de su insistencia. Al final, su declaración no es necesaria y el juicio se sobresee por falta de pruebas.

