Primera decisión del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, en el caso de la llegada masiva de inmigrantes a Ceuta el pasado 30 y 31 de julio. En un informe, Alonso apoya que se encargue la titular del Tribunal Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional, María Tardón, por una cuestión de competencia territorial y por la complejidad y la tipología de delitos que, en principio, se investigan. En este sentido, el fiscal razona que la preparación y la estrategia de la llegada se llevaron a cabo en Marruecos y su ejecución en territorio español.
El fiscal considera que, a priori, el caso debe investigarse por un «delito de favorecimiento de la inmigración irregular previsto en el artículo 318 bis del Código Penal, agravado por la posible comisión en el seno de una organización y por el peligro para la vida o la integridad física de las personas afectadas». Añade, los delitos de homicidio y lesiones por imprudencia grave y un delito de organización o grupo criminal. Ahora bien, el ministerio público deja la puerta abierta a la instrucción para que determine si «los hechos pueden integrar delitos que afecten el orden público o bienes jurídicos de naturaleza colectiva como la paz o la independencia del Estado».
Por otra parte, la fiscalía ha solicitado, en base a la excepcionalidad de los hechos, la declaración del secreto parcial de las actuaciones. La decisión de la fiscalía llega paralelamente a la defensa que la Audiencia Nacional a la investigación de Tardón negando que haya puesto en peligro la seguridad nacional. Una reacción a las críticas por parte de miembros del ejecutivo de Pedro Sánchez que apuntaban que había ocultado información crucial sobre los hechos.

Marruecos, detrás
Para el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, indicios recogidos apuntan que «una parte sustancial de la fase de planificación, movilización, coordinación logística, difusión digital y eventual dirección estratégica se habría desarrollado en territorio marroquí». Por lo tanto, debilita la tesis del gobierno de Pedro Sánchez que esquiva señalar a Rabat tras el operativo. Por otra parte, destaca que «la ejecución material de la acción, el resultado perseguido y los efectos más relevantes se produjeron en el territorio español», dos elementos que justifican por sí mismos la competencia de la Audiencia Nacional.

