Jornada 29 del juicio del caso Mito. Una mañana importante en la foto finish de la vista oral de una macro causa que se sigue en la sección tercera de la Audiencia Nacional sobre narcotráfico, narcotransporte y blanqueo de la organización que supuestamente lideraba José Ramón Prado Bugallo, alias Sito Miñanco. Un caso en el que también está procesado Gonzalo Boye, el abogado del presidente en el exilio Carles Puigdemont. Precisamente, ha sido su abogado, Eduardo García Peña, uno de los protagonistas del día porque ha informado a la sala de sus conclusiones con las que pide la absolución de su cliente ante una petición de pena de 9 años y 9 meses de prisión.
García Peña ha sido fiel a su estilo, sin leer -tal como se deben hacer los informes- con palabra plástica, breve y directa para definir y describir no solo las fallas de la instrucción, o la inculpación de su cliente a raíz de la declaración de otro imputado a cambio de su salida de la cárcel, sino que ha descartado que la relación de Boye con algunos de los procesados en este caso sea una conducta penal ni pueda encajar en ningún delito. Con una locución brillante, que ha generado las felicitaciones de sus compañeros de toga. El guión ha sido relativamente sencillo de entender, destripar la acusación del fiscal, la instrucción y la actuación de la policía con los hechos que se han podido probar en la sala y los documentos del sumario. De hecho, lo ha sintetizado en un «castillo de cinco cartas que han caído durante el juicio».
El letrado se ha dirigido al tribunal con desenvoltura para criticar el papel de la magistrada instructora, María Tardón, de su secretaria judicial, de la inspectora 127.263 y el ministerio público por haber permitido los abusos contra los derechos de defensa de su cliente. Ha pedido sin rodeos la nulidad de la causa contra Boye. Para hacerlo, ha descrito las entradas y registros, su justificación, la documentación que confiscó la policía, y cómo la acusación tuvo acceso a «la estrategia de defensa». «La instructora destrozó el derecho de defensa», ha sentenciado con una dureza que aún se ha hecho sentir más por el silencio helado de la sala. El día 19, turno de los últimos informes y de las últimas palabras.
Tres nulidades
Las interlocutorias de entrada y registro, los registros y lo que se llevaron. Estas serían las tres nulidades la base para pedir la nulidad. La exposición ha comenzado advirtiendo al tribunal que, en primer término, defendería «nulidades nuevas» para diferenciar de las reclamadas por sus compañeros de otros encausados por otros delitos. Unas nulidades que afectan especialmente a las entradas y registros que se llevaron a cabo en el despacho y en el domicilio de Boye. Así ha reclamado la nulidad de las interlocutorias de entrada y registro porque vulneran el derecho a la inviolabilidad del domicilio, el derecho a la intimidad y sobre todo, el derecho a la tutela judicial efectiva. Todo porque las resoluciones «no tienen la mínima y necesaria motivación atendidas las particularidades del caso». «No hay ninguna mención al ejercicio profesional que por parte de Gonzalo Boye se hacía en esas fechas en su despacho profesional», ha insistido. «La motivación y la justificación referida a la condición de abogado en ejercicio en esta causa de Gonzalo Boye en estas dos actuaciones es cero; y cero, desde Pitágoras, y si Pitágoras no miente, es un número absoluto, no admite discusión», ha concluido.
En esta línea, García ha recordado que Boye es un abogado, un penalista que cuando se registró su despacho llevaba la defensa de ocho de los acusados en esta causa, un tercio de las personas encartadas. Tres condiciones que las resoluciones ni mencionaban. Además, cuando se registró el domicilio no se tuvo presente tampoco que, a menudo los abogados se llevan el trabajo a casa a través del móvil, el ordenador o los USB. El letrado ha aclarado que los abogados no deben tener una especial protección, pero sí que se debe justificar muy bien cuando se registra un despacho con ocho o nueve de los procesados en el caso que genera el registro.
«No es un despacho de arquitectos o una tienda de discos», ha comparado para especificar que si no encuentran «una pistola encuentran discos o planos». En este caso, ha enfatizado que cuando se registró el despacho de Boye y con «diez policías que se sientan frente a todos los ordenadores» accedieron a «una información, digamos especialmente sensible, y protegida por el secreto profesional». «¿Qué no es el principio de proporcionalidad aplicado a los derechos fundamentales cuando se adoptan medidas cautelares?», ha preguntado socráticamente. Para responderse: «No puede ser igual una interlocutoria para registrar una tienda de discos que para registrar un despacho de abogados». Por tanto, considera que las diligencias de entrada y registro son nulas.

Un oficio y una policía
El detalle de partida de la segunda nulidad es que miró la policía y que se confiscó en los registros. En este sentido, ha resaltado el oficio policial 1061/19 que firma la inspectora 127.263. «Este documento se debe leer para creérselo», se ha exclamado. Un oficio de siete páginas donde se intenta justificar los motivos de la solicitud de registro para encontrar los expedientes del SEPBLAC en toda su carrera profesional. «¡Esto no es derecho penal de autor, ni es una causa prospectiva!», ha ironizado. «Levantemos todas las alfombras, porque en alguna habrá algo que nos pueda servir», ha comentado. Pero, al final, la instructora subrayó que solo podían llevarse lo que se relaciona con la causa concreta de Boye, el dinero confiscado en Barajas en febrero de 2018.
Aquí ha introducido una expresión que el ministerio público aportó en su informe final, convirtiendo el trabajo de abogado para recuperar el dinero en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en un «gestor». La intención del fiscal era evitar, según el abogado, que llevarse o curiosear según qué documentos no estaban protegidos por el derecho de defensa porque estaban haciendo no trabajo de abogado «sino tareas de gestoría». Un hecho «palmariamente erróneo» porque el proceso del SEPBLAC era judicial y, además, el despacho llevaba la defensa de ocho o nueve procesados. Además, ha añadido un detalle que hace el concepto y es que el oficio 1061/19 de la policía 127.263, que sostiene la petición de registro.
Curiosamente, este informe tiene 7 páginas y está firmado por la inspectora 127.263. Un informe que omite que se intentó entrar en el despacho de Boye once meses antes y no obtuvo el permiso por falta de indicios. Finalmente, sin embargo, gracias a la declaración de Manuel Puentes Saavedra, se justificó la entrada y registro. A pesar de ello, la policía negó en su testimonio que solo tuvieran esta declaración para justificar la entrada. Pero todos los párrafos del oficio mencionan la declaración de Puentes Saavedra, que a raíz de esta declaración salió de la cárcel.
¿Qué se llevaron?
El abogado ha resaltado que se llevaron todos los correos electrónicos desde 2010 y el teléfono. «¿En qué pensaba la policía cuando, interpretando la interlocutoria de la jueza, les dijo llevarse solo lo que tenga relación con los hechos para remontarse hasta 2010?», se ha preguntado con toda la intención. También ha subrayado que se llevaron los whatsapp desde 2008. «Todos los mensajes de WhatsApp de Gonzalo Boye con todos sus clientes desde 2008 y todos los mensajes de WhatsApp de Gonzalo Boye con todos los abogados de causas penales abiertas y cerradas desde 2008», ha rematado. «Haberlos mirado, habérselos llevado y haberlos utilizado implica una vulneración del secreto profesional y del derecho de defensa del gestor Gonzalo Boye», ha recriminado con una vehemencia controladísima.
También ha añadido en el paquete el famoso documento de 15 páginas con el que los abogados del despacho preparan una virtual defensa contra la declaración incriminatoria de Puentes Saavedra. Asimismo, un documento de 55 páginas que ya habían preparado como abogados de Boye, el mismo Eduardo García y Francisco Andújar. Además, unos whatsapps con las preguntas que Boye había remitido a los abogados para formularlas en la comparecencia de Puentes Saavedra. «La instructora, el fiscal y la policía han tenido la estrategia de defensa desde el minuto 1», se ha quejado. «Ha sido una ventaja insoportable», ha asegurado. Y aquí ha entrado sin rodeos contra la instructora. «Que lo haga la policía tiene un pase… ¡que lo haga la instructora, no!», ha recriminado.
“Aquí no hay metástasis procesal, hay un cadáver en relación con el procedimiento de defensa procesal: mi defensa estaba muerta el día que Gonzalo Boye declaró como investigado y el fiscal y la instructora tenían delante estos dos informes que, insisto, son los únicos que se llevó la policía», ha resumido. «Yo no sé si de verdad iban buscando las letras de cambio o los contratos, que por supuesto allí no estaban, porque estaban en el Sepblac”, ha continuado. Por todo, ha exhortado a la sala a «dictar la nulidad de todo el procedimiento respecto de Gonzalo Boye”.