Dura bofetada de la sección séptima de la Audiencia de Madrid, tanto al ministerio fiscal como a la Abogacía del Estado, a raíz de un caso de supuesto espionaje. Ambas instituciones habían pedido revocar la libertad provisional de uno de los principales mandos del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), detenido en el año 2023 e investigado por pasar, supuestamente, información de los servicios secretos españoles sobre Rusia a la CIA estadounidense. En una contundente resolución, comunicada el 27 de mayo y a la cual ha tenido acceso El Món, los magistrados Ángela Acevedo, David Suárez y Manuel Jaén ponen freno tanto a la fiscalía como a los abogados de la Moncloa, que querían volver a encarcelar al investigado después de que la jueza de instrucción lo dejara en libertad el pasado mes de diciembre.
El procesado es un capitán de fragata que dirigía una de las áreas más importantes de la inteligencia española: el área sobre Rusia. Después de su detención, en diciembre de 2023 comenzó una larga instrucción que aún perdura. De hecho, no fue el único detenido. En el operativo también fue arrestado un miembro de rango inferior que la División de Seguridad, la unidad de asuntos internos de La Casa –nombre del CNI en el argot de sus integrantes–, que los investigadores del caso consideraban que le echaba una mano.
Sea como sea, el capitán S.P., a raíz de los argumentos defendidos por su abogado, Ignacio Menéndez, quedó en libertad provisional, sin necesidad de depositar fianza alguna, el 17 de diciembre de 2024. Aunque aún quedan muchas pruebas por desclasificar, aclarar, analizar y comprobar si hay suficientes indicios para presumir algún tipo de delito. Además, la jueza también ha solicitado al Tribunal Supremo las interlocutorias con las que permitieron investigar a los agentes del CNI a los dos sospechosos, porque, según la ley de los servicios de inteligencia, solo dos magistrados de la alta magistratura podían acordarlo a petición de la secretaria de Estado directora del Centro, Esperanza Casteleiro. La decisión de la Audiencia es un jarro de agua fría para las pretensiones de la fiscalía, que quería convertir este caso en un asunto de Estado y se va deshaciendo. Además, reforzaría la tesis de vulneración de derechos fundamentales a los procesados, que su defensa lleva tiempo planteando.

Es un espía y puede escapar: el argumento de la fiscalía rechazado por el tribunal
La libertad del capitán dejó en su momento con un palmo de narices a la Abogacía del Estado y a la fiscalía que, inmediatamente, vieron señales de que una causa que había triunfado en los medios de comunicación podía quedar en nada. El hecho de que, sin haber practicado apenas pruebas, la instructora no viera ningún riesgo en la salida de prisión del principal investigado descafeinaba una causa que la fiscalía había alimentado. De ahí que, una vez la jueza de instrucción revocó su petición de reingreso, presentaron recurso de apelación a la Audiencia de Madrid con un doble argumento. Por un lado, decían que ya había suficientes indicios de causa criminal y, en segundo lugar, y más importante, alegaban que la profesión del encausado implicaba riesgo de fuga.
Así, el argumento del fiscal, respaldado por el abogado del Estado, para sostener que el agente arrestado debía continuar en prisión, era el mismo oficio del investigado. Según su criterio, el hecho de que se dedicara al espionaje facilitaba su posibilidad de escaparse sin dejar rastro. «Las habilidades del investigado para pasar desapercibido y abandonar el país sin ser detectado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los contactos que ha desarrollado por su actividad profesional y actividades en el extranjero junto con la actividad investigada, incrementan notablemente el riesgo de sustracción a la acción de la justicia», alegaban.
Los magistrados, sin embargo, no comparten el temor de la fiscalía ni de los abogados de la Moncloa, a la vista de la documentación aportada. En primer lugar, recuerdan que el acusado tiene «plenamente acreditado su arraigo familiar». Pero son especialmente directos en la principal alegación del ministerio público. «Sus capacidades para que pueda abandonar el territorio nacional se pueden ver limitadas por el hecho de haber sido apartado de sus funciones en el Centro, donde prestaba servicios», recuerdan los togados. Consideran, a la vista del sumario, que «no es necesario mantenerlo en prisión», y añaden que en los meses que ya ha estado en libertad ha cumplido con todos los requisitos.