La proposición de ley orgánica de amnistía por la normalización institucional, política y social de Cataluña entra de pleno en la guerra que sostienen el juez del caso del Tsunami Democrático y la fiscalía antiterrorista en la Audiencia Nacional. El pasado viernes, el fiscal del caso, Miguel Ángel Carballo, presentaba un durísimo recurso contra la interlocutoria del titular del juzgado central de instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón. El magistrado consideraba delitos de terrorismo las actuaciones llevadas a cabo por supuestos miembros de la dirección de Tsunami Democrático –una aplicación móvil para convocar manifestaciones contra la sentencia del Tribunal Supremo– y el fiscal no está de acuerdo con esta calificación.
En su resolución, dictada el lunes día 6 de noviembre, García Castellón imputaba delitos relacionados con terrorismo a, entre otros, el presidente en el exilio, Carles Puigdemont, y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, también al exilio. Así hacía entrar con calzador conductas de simples manifestaciones y protestas públicas como actos que, según él, encajaban en la directiva de la Unión Europea 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo del 15 de marzo de 2017. Un texto legal europeo que describe, define y establece el protocolo a seguir por los estados europeos contra el terrorismo y que, entre otras cosas, veta las amnistías en estos casos.

El apartado C del artículo 2, clave
En definitiva, García Castellón maniobraba para intentar evitar el posible efecto paralizador de la causa del Tsunami de la aprobación de la ley de amnistía. Básicamente, se agarraba al hecho de que el derecho europeo no acepta de buen grado y pone trabas a medidas de gracia y perdón en condenas o procesos relacionados con el terrorismo. El fiscal del caso cargó contra la resolución del magistrado y descalificó sus argumentos, puesto que considera que los posibles hechos delictivos son, como mucho, unos simples desórdenes públicos. Todavía más, el fiscal defendía la tesis de que la Audiencia Nacional no tenía competencia en el caso y que, por lo tanto, el caso tenía que volver a Barcelona, a un juzgado de instancia.
La proposición de la ley cerrada entre los grupos que tienen que investir a Sánchez ya se ha cubierto los hombros en este aspecto. Así, en el artículo 2 c), titulado
Por lo tanto, el mismo ministerio fiscal admite de manera evidente que las actuaciones de la plataforma virtual no tienen nada que ver con ningún delito relacionado con el concepto de terrorismo: según el Código Penal, haría falta que hubiera «apoderamiento de aeronaves, barcos u otros medios de transporte colectivo o de mercancías», más allá de cortar una carretera u ocupar unas horas una terminal de aeropuerto. De este modo se bloquearía el intento de Garcia Castellón a través de la tesis del ministerio público, que reduciría el caso a unos simples desórdenes públicos y permitiría aplicar la ley de amnistía a los procesados. En definitiva, tanto el recurso de Carballo como la proposición de ley recurren a la misma directiva para poder amnistiar a los encausados por cuestiones relacionadas con el Tsunami.