Si una característica tiene el exvicepresidente del Parlamento y uno de los outsiders del independentismo, Josep Costa, es la persistencia. Costa ha presentado un incidente excepcional de nulidad de actuaciones contra la aplicación de la amnistía que decretó el Tribunal Supremo. En resumen, en el incidente presentado ante la sala penal, Costa carga contra el auto del 23 de julio de 2026, que declaró amnistiados los hechos por los que había sido juzgado y absuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Es decir, un delito de desobediencia por permitir el debate y votación de dos propuestas de resolución, una sobre la autodeterminación y otra sobre la monarquía.
El exvicepresidente de la cámara catalana razona, en un escrito de 29 páginas al que ha tenido acceso El Món, que la decisión de los magistrados «vulnera» su «presunción de inocencia» porque, tras una sentencia absolutoria, declara amnistiados unos hechos y presupone así la existencia de actos determinantes de responsabilidad penal que la judicatura española nunca consideró delitos. De hecho, Costa aprovecha para hacer memoria y recordar que el TSJC concluyó que no había quedado acreditado que hubiera desobedecido al Tribunal Constitucional.
Costa, además, da un paso más exponiendo que si el Tribunal Supremo considera que la ley de amnistía impide examinar el fondo de su recurso de casación, chocaría con la legislación europea y la carta de derechos de la Unión Europea. «En este caso, el Supremo estaría obligado a presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para resolver el caso», advierte Costa.

Rechazo a la amnistía
En el escrito, Costa destaca como punto de partida que rechazó expresamente la amnistía porque «no reconoce haber cometido ningún delito». En este sentido, recuerda que en junio de 2024 registró otro escrito en el Supremo manifestando su oposición a la aplicación de la ley del olvido penal por el independentismo. En síntesis, reclamaba que el procedimiento continuara para poder lograr la anulación del juicio contra los miembros independentistas de la mesa del Parlamento que presidía Roger Torrent y así mismo decidiera sobre los once motivos de casación formulados en su recurso.
En este contexto, Costa sostiene que los hechos por los que fue juzgado no solo no eran delito sino que se habían vulnerado sus derechos fundamentales. Unas vulneraciones que «no pueden quedar reparadas ni extinguidas por una amnistía que no acepta». De hecho, critica que «en lugar de revisar las irregularidades del juicio, el Supremo impone una amnistía». Una aplicación que Costa «siempre ha rechazado política y jurídicamente».
Además, reprocha que se aplique sin analizar previamente si los actos por los que fue juzgado eran constitutivos de delito. Esto es lo que, a criterio de Costa, vulnera su presunción de inocencia ya que la amnistía presupone una responsabilidad penal que la sentencia absolutoria nunca estableció. Costa subraya que a través de la amnistía el Supremo se ahorra razonar sobre cuestiones de derechos que podrían anular el juicio como ahora inviolabilidad parlamentaria, la jurisdicción de los tribunales penales sobre actos vinculados al ejercicio de funciones parlamentarias, la tutela judicial efectiva, la imparcialidad judicial, la libertad de expresión y el principio de no imperatividad del mandato parlamentario. «Una absolución no puede convertirse en una amnistía«, concluye Costa.

