El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de la Fiscalía y ha avalado las rebajas de penas de la polémica ley del solo sí es sí. La decisión del pleno de la Sala de lo penal, muy esperada porque fija un criterio general, supone confirmar los criterios establecidos por las diversas audiencias provinciales durante los centenares de revisiones de penas que se han producido a raíz de la aprobación de la ley. La norma ha sido revisada gracias a un acuerdo entre el PSOE y el PP que ha provocado una avalancha de críticas de sus socios de investidura. El Supremo ha rechazado 28 de los 29 recursos que habían presentado la Fiscalía y varios condenados.

La Sala de lo penal, que se reunía en un pleno monográfico para resolver la treintena de recursos de casación, ha rechazado la gran mayoría de los siete recursos de la Fiscalía y de los 22 de condenados por delitos sexuales. Solo uno ha sido estimado y se ha incrementado la pena por un error de cálculo del tribunal provincial que llevó el caso. El Supremo ha rechazado los argumentos de la Fiscalía, que quería un aumento de penas, y también de los condenados, que pretendían conseguir la rebaja que las audiencias provinciales no les habían concedido.

El PSOE consigue tramitar la reforma de la ley del 'solo sí es sí' con el apoyo del PP y la oposición de Unidas Podemos | ACN
El PSOE consigue tramitar la reforma de la ley del ‘solo sí es sí’ con el apoyo del PP y la oposición de Unidas Podemos | ACN

El Supremo revisa sentencias firmes antes del ‘solo sí es sí’

La decisión del Supremo es muy relevante porque ha revisado sentencias de delitos sexuales que ya eran firmes cuando entró en vigor la ley del solo sí es sí. Hasta ahora, la Sala de lo penal solo había resuelto recursos de casación que se habían formulado contra sentencias que no eran firmes. De los 75 casos que había analizado, 28 acabaron con rebajas de penas y en 47 se optó por mantener la pena que se había fijado antes de la reforma legal.

De la treintena de recursos que ha resuelto ahora, 27 se han acordado por unanimidad del pleno; uno por mayoría, pero sin voto particular; y uno cambiará de poniente y contará con los votos particulares de cinco magistrados contra los otros diez que forman parte de la sala. Los recursos analizados son de sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales de Madrid (8), Barcelona (1), Palma de Mallorca (2), Bilbao (1), Soria (1), Toledo (1), Guadalajara (1) , Las Palmas (3), Pontevedra (3) La Coruña (1), Valencia (3), Castelló (1), Almería (1), y Cádiz (2).

Las diferentes sentencias se conocerán en los próximos días y se publicarán en un apartado específico de la página web del Tribunal Supremo para que puedan ser encontrados y consultados con facilidad.

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