La sección primera del Tribunal Constitucional, donde se integra el presidente de la institución Cándido Conde-Pumpido, considera que es plenamente constitucional que Vox se haya quedado sin senador autonómico designado por el Parlamento de Cataluña. De este modo, los magistrados consideran que la fórmula elegida por la Junta de Portavoces el 20 de abril de 2021, el sistema Imperiali, los dejara fuera de la lista de los vuits senadores que la cámara catalana aporta en la cámara alta española. La sentencia, de 27 folios, tumba el recurso de amparo de los ultraespanyolistes a la que ha tenido acceso El Mundo, considera que el uso de este sistema de reparto «no altera la proporcionalidad» y responde a «criterios objetivos y razonables».
La resolución, de la que ha estado poniendo Luisa Segoviano, interpreta que elegir un sistema de cálculo para repartir los ocho senadores autonómicos que pertenecen en Cataluña responde a criterios «de autoorganización de la cámara» y que, en ningún caso, «infringen los usos parlamentarios» ni del Parlamento ni de jefe otra institución autonómica similar. De hecho, el recurso de amparo de los ultraderechistas se basaba a considerar que la cámara catalana había utilizado el sistema De Hondt o bien el sistema de restos mayores. Por el tribunal, escoger otro sistema de elección no invalida la decisión porque es constitucional y respeta la representatividad de la cámara.

Enésimo recurso de amparo
Vox presentó el recurso de amparo contra las decisiones del 20 y 21 de abril de 2021 de la Junta de Portavoces de repartir tres senadores por ERC, tres por el PSC y dos por Juntos por Cataluña. Vox, con 11 diputados, se quedaba fuera. Una fórmula que dejaba Vox sin ninguna representación en el Senado por parte del Parlamento de Cataluña. De hecho, ni el ministerio fiscal vio ni razones ni motivos al recurso. Fiscalía consideraba que «la aplicación de la fórmula Imperiali se cohonesta con el criterio de proporcionalidad establecido legalmente». Al final, el recurso de amparo no negaba la proporcionalidad ni tampoco justifica, según el fiscal, una desviación sustancial de la proporcionalidad o que la fórmula no sea objetiva y razonable. Así, consideraba que Vox se limitaba a discrepar de su utilización.
La resolución razona que, como es el caso, al respetarse la proporcionalidad de la cámara y no actuar contra el Reglamento, que la Junta elija un sistema u otro es indiferente y plenamente válido. De aquí que defiende la constitucionalidad del sistema Imperiali, como lo fue elegir el sistema de restos mayores o de la ley de Hontd en otros ocasiones, un hecho que arrecia la autoorganización de la cámara a cada contexto temporal.