Decisión clave de la Sección 21 de la Audiencia de Barcelona. El tribunal ha estimado el recurso de apelación interpuesto por Acción Cassandra que defiende los intereses catalanes contra la interlocutoria que había inadmitido a trámite la querella presentada por la entidad por el caso DGAIA. La Sala revoca la decisión y declara que los hechos relatados en la querella pueden ser constitutivos de infracción penal y que existen elementos indiciarios que corroboran las afirmaciones formuladas por esta acusación popular. Por lo tanto, la resolución razona que el juez instructor no podía rechazar de entrada la trascendencia penal de los hechos y considera que la querella sí que aportaba una base indiciaria suficiente para impedir su archivo inmediato.
La interlocutoria, de seis páginas y a la cual ha tenido acceso El Món, la sala incide y resalta que “los hechos relatados en la querella pueden ser constitutivos de infracción penal” y que “existen elementos indiciarios que corroboran estas afirmaciones”. Dos argumentos para decidir y ordenar que la inadmisión inicial debía ser revocada. Para Lluís Gibert, que junto con Josep Rosell, coordinan Cassandra “la resolución de la Audiencia desmonta la idea de que estábamos ante una querella sin base». «El tribunal reconoce que hay apariencia delictiva y que existían suficientes elementos para impedir que el caso fuese cerrado de pleno”, subraya Gibert.

Tirada de orejas
La resolución, además, reprende al titular del Tribunal de Instancia sección de Instrucción 27 de Barcelona, porque basa su inadmisión en un informe de la Sindicatura de Greuges, que «no está en la causa» y alerta que un instructor no debe hacer caso de lo que dice otro órgano no judicial. «Con independencia de las conclusiones a las que ha llegado el Síndic y el hecho de que haya entendido que no puede existir un ilícito penal, es el instructor el que debe realizar esta valoración por sí mismo y remitirse a lo que dice otro órgano no judicial que, además, consta en la causa», alegan los magistrados.
Además, reprende al instructor por ignorar una denuncia de «más de 40 folios» con datos y documentos -interpuesta por el denunciante protegido- y que está investigada por la Oficina Antifraude y que, de manera incipiente, ha comenzado a indagar la Fiscalía Anticorrupción. También añade que la querella aporta los informes de la Sindicatura de Cuentas que apuntan una responsabilidad contable de hasta 167 millones en la gestión de la DGAIA. Por lo tanto, los magistrados ven en la querella suficiente base para pedir la apertura de la investigación y ordena comenzar a practicar las diligencias que considere oportunas.
Consejeros y altos cargos, querellados
La querella de Acción Cassandra se dirige contra varios exconsejeros y altos cargos del ámbito de Derechos Sociales y de la DGAIA, así como contra responsables de entidades y organismos incluidos en el escrito presentado por la asociación. Entre los denunciados figuran los exconsejeros Chakir El Homrani, Dolors Bassa, Violant Cervera, Carles Campuzano, y miembros de la secretaría general del departamento de Derechos sociales de las últimas administraciones como Josep Ginesta, Ester Sara Cabanes, Ricard Calvo, Georgina Oliva, Jasone Latorre, Irene Casamitjana y Oriol Amorós, así como la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia, el Departamento de Derechos Sociales de la Generalitat de Catalunya, la FEDAIA y Esquerra Republicana de Catalunya.
La querella reclama investigar presuntos delitos de malversación de caudales públicos, falsedad en documento público, encubrimiento, acoso laboral y financiación ilegal de partido. El Juzgado de Instrucción núm. 27 de Barcelona acordó el 8 de abril de 2026 la inadmisión a trámite de la querella, decisión que fue recurrida por Acción Cassandra mediante recurso de apelación que ahora ha sido resuelto favorablemente a la entidad.

