Se ha cumplido el agüero. La sección tercera de la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional, que preside el magistrado Félix Guevara, ha desestimado las solicitudes de José Ramón Prado Bugallo, Sito Miñanco, y del abogado Gonzalo Boye con las que pedían archivar su causa por blanqueo de capitales a la llamada Operación Mito. Un largo proceso judicial sobre la presunta introducción en España de casi cuatro toneladas de cocaína y del entramado orquestado para esconder los beneficios y los ingresos de la operación. La fiscalía le reclama a Boye 9 años y 9 meses de prisión.

En interlocutoria, a la que ha tenido acceso El Mundo, los magistrados desestiman una de las alegaciones principales de las defensas de Miñanco y Boye, la excepción de cosa enjuiciada. En este sentido, argüían que los hechos habían sido juzgados y que el presunto blanqueo de capitales fue desestimado al Contencioso–administrativo en un pleito con el Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales. Además, el abogado de Carles Puigdemont, reclamaba la inhibición de la causa hacia la Audiencia Provincial de Madrid, donde se habrían producido los hechos, e incluso proponía presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La parte dispositiva de la interlocutoria por la que se confirma el procesamiento del juicio a Boye/QS
La parte dispositiva de la interlocutoria por la que se confirma el procesamiento del juicio a Boye/QS

Un caso juzgado?

El escrito de alegaciones de Boye indicaba que los hechos por los cuales se lo ha procesado y se lo envía al banquillo de los acusados ya habían sido sentenciados tanto por la justicia como por el procedimiento administrativo. En concreto, se le imputa una maniobra a través de contratos mercantiles que el fiscal relaciona con el decomiso de dinero al aeropuerto de Barajas que llevaban varios investigados a las maletas. El fiscal acusa Boye de aportar a este procedimiento administrativo contratas elaborados ad hoc con el fin de acreditar el origen del dinero intervenido. El caso fue revisado en vía administrativa y posteriormente por la sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que no vio delito y, además, rebajó el importe de la sanción.

Por el Tribunal, no existe ni identidad de hechos, ni de sujetos en el caso de Boye, entre los procedimientos administrativos, contencioso–administrativo y este caso de la Audiencia Nacional y, por lo tanto, no aprecia la excepción de cosa enjuiciada. En el mismo sentido, la Sala rechaza también plantear una cuestión prejudicial al TJUE al tratarse de cuestiones que se pueden resolver a través de las vías previstas a la legislación procesal española. Desestima igualmente la declinatoria de jurisdicción a favor de la Audiencia de Madrid porque «la conexidad de los delitos investigados y para no romper la continencia de la causa, hace falta que sean judicializados en un mismo procedimiento».

Sito Miñanco también alega que fue condenado

Burgallo que está acusado procesado en esta causa por narcotráfico y blanqueo de capitales, apelaba en la sala argumentando que la Operación Mito ya se había juzgado y había sido condenado por una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra de enero del 2019. Por lo tanto, reclamaba la aplicación de cosa enjuiciada. Ahora bien, según los magistrados, que compran la tesis de la fiscalía antidroga dirigida por Ignacio de Lucas, considera que no son los mismos hechos y que el blanqueo es por otra trama de narcotráfico. De hecho, la sala asegura que el caso por el cual había sido condenado es del 2012 y el blanqueo por el que ahora se lo procesa se perpetró entre el 2016 y el 2018.

Es más, los togados indican que la actividad delictiva corresponde a otro margen temporal. En esta línea, aseguran que los bienes introducidos a la economía regular procederían de su actuación entre el 2016 y el 2018 cuando cumplía una condena de 16 años y 10 meses de prisión por delito contra la salud pública y desde el 2016 en uno centro en régimen de tercer grado.

Sito Miñanco entra en una declaración judicial/EP
Sito Miñanco entra en una declaración judicial/EP

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