La sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha empezado a aplicar sin complejos la ley de la amnistía en varios casos relacionados con el Proceso. Los ocho casos por los cuales deliberaba hoy la sala han entrado en la amnistía. Algunos casos que han sido mediáticos y otros que no han entrado en el circuito de los medios, pero que son importantes para entender el alcance de la situación. En todo caso, los magistrados Àngels Vivas, Francisco Segura, Maria Jesús Manzano y Manuel Álvarez han firmado la aplicación de la ley del olvido penal en todas aquellas causas que la semana pasada pidió a las partes posicionamiento. En total, se ha amnistiado a 15 manifestantes independentistas que habían sido detenidos por protestas registradas entre el 2018 y el 2020, además del ex consejero de Interior Miquel Buch y el sargento de los Mossos Lluís Escolà, acusado de hacer de escucha de Carles Puigdemont con un subterfugio.

Uno de estos casos ha servido por esclarecer en qué ocasiones hay que mantener la responsabilidad civil. Es el caso de uno de los cuatro procesados por los disturbios del tercer cumpleaños del referéndum del Primero de Octubre en Barcelona, el 2020. Fueron condenados tres jóvenes por un delito de atentado y un cuarto por un delito de atentado en concurso ideal con el delito de lesiones. Los magistrados han considerado amnistiables todos los condenados, incluso de su responsabilidad civil, salvo un caso. Y aquí es donde hay una de las rendijas que han encontrado algunas acusaciones para limitar la aplicación de la amnistía. En detalle, cuando el delito de atentado es en concurso ideal con un delito de lesiones, que queda fuera de la ley de amnistía. La importancia que haya sido el TSJC el que responde a la amnistía mujer vía y orientación a los tribunales inferiores donde hay el grosor de casos amnistiables.

La 'batalla de Urquinaona' del 18 de octubre / Jordi Borr?s
La ‘batalla de Urquinaona’ del 18 de octubre / Jordi Borr?s

Del caso Buch al caso Verdejo

La primera resolución que ha validado la amnistía era un caso bastante complejo porque tocaba uno de los delitos más complejos de integrar, el de la malversación. En concreto, el caso del ex consejero Miquel Buch y del sargento Lluís Escolà, exescolta del presidente al exilio Carles Puigdemont. Los dos han sido amnistiados.

También el primer manifestante del Tsunami Democrático ya tiene nombre: Víctor Manuel Verdejo, que si bien ha sido extinguida su responsabilidad penal, no la civil, precisamente por las lesiones a los miembros del Cuerpo de los Mossos d’Esquadra.

También se ha amnistiado el caso de los 7 del 30-G, los jóvenes arrestados por las protestas del 30 de enero del 2018 al parque de la Ciutadella cuando se frustró la investidura de Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat, cinco de los cuales fueron condenados a entre 5 y 12 meses de prisión, y uno estaba pendiente de juicio. El séptimo fue trasladado a otra causa y su caso no se ha estudiado hoy.

La amnistía también ha servido para los bautizados como los Tres de Granollers, condenados a tres años y tres años y medio de prisión por disturbios cerca de la plaza Cataluña el 1-O del 2020. La Audiencia de Barcelona los condenó para echar piedras contra al menos una furgoneta de los antidisturbios de los Mossos d’Esquadra durante los disturbios de una manifestación por el centro de Barcelona, en concreto a la confluencia de las calles Balmes y Pelayo. Cuando fueron arrestados opusieron resistencia y golpearon algunos agentes. Los tres quedan exentos de responsabilidades penales, pero no de las indemnizaciones a los agentes lisiados.

También se ha amnistiado el hombre juzgado para disparar un cohete contra un helicóptero de los Mossos, que fue absuelto, pero condenado para un año de prisión por atentado contra la autoridad y lesiones.

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