La historia de Cataluña tiene tendencia a repetir tanto episodios como fechas. La prueba es que la aplicación de la ley de amnistía para los condenados o procesados por malversación por el Tribunal Supremo podrá ver la luz el próximo 6 de Octubre. Una fecha marcada en el calendario de la historiografía catalana por la revuelta soberanista del 6 de octubre de 1934 liderada por el presidente Lluís Companys que acabó con su encarcelamiento, el de su Gobierno y la condena a muerte de los mandos de los Mossos d’Esquadra fieles a la Generalitat republicana, finalmente salvados por la campana. Un proceso que terminó con una amnistía general con el retorno de las izquierdas al gobierno español.
La deliberación del pleno del Tribunal Constitucional de este martes ha sido concluyente y permite vislumbrar que, con cierta rapidez, la amnistía podría ser una realidad para Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Jordi Turull, Dolors Bassa, Lluís Puig y Toni Comín. Y, de rebote, según los términos de la resolución que debe escribir el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, también para los procesados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, igualmente acusados de malversación y que los magistrados se andan con rodeos para aplicarles la amnistía alegando que todavía esperan respuesta a su cuestión prejudicial sobre la malversación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Otra maniobra del Supremo es posible
Sin embargo, ninguno de los beneficiados puede hacer una fiesta, porque el Tribunal Supremo todavía tiene algún as bajo la manga. Como ahora, podría presentar una cuestión prejudicial expresa sobre su interpretación de la malversación en el caso del Proceso y si puede ser objeto o no de perdón penal de acuerdo con el derecho europeo. Además, puede demorar la aplicación prolongando el procedimiento unas semanas, dando traslado a las partes para que aleguen lo que consideren pertinente.
En todo esto hay que valorar varios elementos importantes como el nivel de rotundidad de los magistrados del TC respecto a los del Supremo o bien los matices que puedan aportar los dos ponentes responsables de las resoluciones que deben deliberarse en el pleno del 6 de octubre. Por otro lado, el cálculo político que suponga el retorno del exilio y su repercusión en la Moncloa en una inminente convocatoria electoral. Asimismo, el impacto para formaciones como Junts y ERC, cuyos líderes ya podrían ostentar representación institucional.

Una deliberación anunciada
Lo que ha sucedido este martes en la sede del TC era previsible aunque ha roto una costumbre entre los magistrados. Concretamente, que normalmente el ponente de una sentencia que no es aprobada por la mayoría, renuncia a escribir una en sentido contrario y se traspasa el redactado a otro ponente. En este caso, sin embargo, la tendencia habitual no se ha cumplido. El magistrado catalán José María Macías que fue apartado del debate sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía por su posicionamiento contrario cuando era miembro del Consejo General del Poder Judicial ha presentado un borrador que desestimaba el recurso de amparo interpuesto por Jordi Turull.
La mayoría progresista del Tribunal, como era de prever, ha tumbado su propuesta de sentencia. Pero lejos de renunciar y trasladar a otro magistrado el trabajo, se ha quedado la ponencia. Esto implica dos cosas. Por un lado, redactará una nueva sentencia con el sentir mayoritario de la sala -favorable a la aplicación de la amnistía- y añadirá la emisión de un voto particular firmado por Macías que puede ser compartido por la mayoría conservadora del TC. De hecho, no es ninguna novedad la división que ha generado la amnistía entre el pleno.
Por otro lado, el texto lo presentará el mismo día que Cándido Conde Pumpido presente el del recurso de amparo de la exconsejera Dolors Bassa. Una ponencia favorable a la aplicación de la amnistía. Los magistrados deberán leer los dos textos y marcar las diferencias, los matices. Precisamente, en los detalles, que es donde radica el Diablo. “Macías podría dejar cabos sueltos que dieran alas o resquicios al Supremo para poner en duda la decisión”, apuntan desde el Tribunal. Por eso, la deliberación del seis de octubre es tan importante porque la primera sentencia que se apruebe marcará, como piezas de dominó, los otros recursos de amparo.

El contenido de la sentencia
Uno de los puntos importantes del seis de octubre consistirá en el nivel de contundencia que exprese la resolución del Tribunal Constitucional. El nivel de presión que ejerza el texto, o más bien, las advertencias que contenga. El TC puede optar por considerar que el razonamiento de la sala penal para no aplicar la amnistía en el delito de malversación vulnera derechos fundamentales como el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho de taxatividad penal, o el de seguridad jurídica. Es decir, entre en el fondo en la interpretación del derecho positivo, del delito que hace el Supremo -máximo órgano judicial y la más alta instancia que interpreta el derecho penal- y considere que es inconstitucional, y, por tanto, se vulnere el derecho y otorgue el amparo.
De hecho, la ponencia de Macías entraba en esta interpretación e, incluso, iba más allá de la del Supremo. Sin embargo, alegaba que no se podía estimar el recurso porque entonces el TC entraría en las competencias de legalidad que corresponden a la justicia ordinaria y no a las cuestiones de control de la constitucionalidad. No sería la primera vez que la composición de este tribunal enmienda la plana de la interpretación jurídica de las normas penales que hace el Supremo. Un ejemplo reciente fue el caso de los ERE de Andalucía. Precisamente, una decisión que molestó a la poderosa sala penal del Supremo y que generó una crisis entre los dos tribunales que, finalmente, ganó el TC.
En todo caso, si el TC avala el amparo y sentencia que hay que aplicar la amnistía, el Supremo tiene margen para maniobrar o dilatar el procedimiento. Pero, si el TC quiere acabar rápidamente con el cumplimiento de su resolución tiene una herramienta para hacerlo y que la puso en marcha contra el independentismo como fue el caso de los Síndicos del 1 de Octubre. Es el artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que el gobierno de Mariano Rajoy reformó para convertir la magistratura en un tribunal que podía hacer ejecutar directamente sus decisiones, con la imposición de multas o, incluso, el relevo de los jueces renuentes o desobedientes a aplicar sus resoluciones. La paradoja sería que una reforma pensada para el independentismo ahora beneficiaría a los independentistas. De todas formas, es un escenario que aunque está en la mochila, nadie ve ahora como posible.

Una lectura política e internacional
La decisión de este martes sin embargo va más allá de la interpretación jurisdiccional porque también hay una tangente importantísima política. La aplicación de la amnistía vuelve a poner en el escenario institucional a los líderes de ERC y de Junts. Un reinicio en la política catalana que puede afectar las relaciones de los republicanos y los junteros con el PSOE o la Moncloa. Un vector que sectores políticos de la derecha española tienen en cuenta es si el retorno de Puigdemont y la habilitación de Junqueras debilita o fortalece a Pedro Sánchez. Es decir, si lo perjudica o lo beneficia. De ahí que, por ejemplo, Turull, en la rueda de prensa de esta tarde haya evitado valorar cómo afectaría la decisión con los socialistas.
Por otro lado, el hecho de que la sentencia del Tribunal Supremo por sedición esté en manos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) podría facilitar la aplicación de la ley del olvido penal. De hecho, ninguna de las decisiones que han perjudicado al independentismo han sido aceptadas por Estrasburgo. En cambio, este proceso sobre la sentencia del Proceso, a pesar de comenzar con una velocidad de crucero, se fue deteniendo por diversas novedades centrales como la tramitación del indulto. Por lo tanto, en el terreno de la especulación señalan la posibilidad de que el TEDH espere a la aplicación de la amnistía para dejar estar la sentencia, alegando una especie de pérdida de objeto e interpretar que la ley de amnistía es una enmienda al juicio a los líderes del Proceso. De esta manera, la judicatura española no se vería puesta en duda en lo que acordaron definir como el juicio más importante del Estado en las últimas décadas.
En resumen, la deliberación de este martes abre el camino final de la amnistía. Pero eso sí, en Waterloo todavía nadie ha mirado precios de vuelos para regresar a Barcelona. De hecho, la pregunta sobre cómo sería el retorno de Puigdemont a Cataluña incomoda a Junts porque aunque se va forjando la posibilidad de regreso nadie se atreve a echar las campanas al vuelo. El día seis el camino quedará más aclarado.

