Solo quince días. Este es el plazo que el Tribunal de Corts de Andorra otorgó el pasado martes 15 de julio a las partes del juicio de la causa Gao Ping del Banco Privado de Andorra (BPA) para poder apelar al Tribunal Superior contra la sentencia. Una condena que implica penas de hasta siete años de prisión, además de millones de euros en multas, al consejero delegado y una veintena de ejecutivos más de la entidad que cerró cuando era una de las principales afectadas de la operación Cataluña, ya que era la entidad donde la familia Pujol Ferrusola tenía los depósitos generados, supuestamente, por la herencia del padre del presidente Jordi Pujol, Florenci Pujol.
Dos días después de la notificación de la sentencia, la mayoría de abogados de la defensa han presentado un escrito en el que solicitan ampliar el plazo para presentar el recurso. El escrito, de cinco páginas y al que ha tenido acceso El Món, asegura que la ley procesal andorrana permite extender el plazo de acuerdo con el «derecho a un recurso efectivo, que incluye el derecho a disponer de un tiempo razonable para prepararlo, especialmente cuando el caso presenta una complejidad importante, como el presente«.

Las condiciones
Los condenados concluyen que existen «razones excepcionales», que están «motivadas y notificadas por el tribunal», que justifican la flexibilización del plazo. Así, argumentan que la sentencia tiene un «volumen extraordinario», con 6.180 folios y que el caso acumula una fuerte «complejidad jurídica o técnica». Además, recuerdan «la existencia de múltiples partes y la gran cantidad de pruebas que se han aportado a la causa» y que el tribunal ha tardado 20 meses en dictar una sentencia desde que terminó la vista oral. Un dato que, a criterio de los abogados defensores, «supera con creces las dimensiones de lo que se podría considerar una causa penal ordinaria».
Por ello, solicitan una ampliación de plazo de al menos tres meses, contándolos desde la fecha de notificación de la sentencia, o, en todo caso, el plazo que el tribunal considere razonable en atención a las «circunstancias concretas del caso y a fin de preservar el derecho a una defensa efectiva y a un recurso útil, de acuerdo con los estándares establecidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)«.