Esta semana ha estado marcada por el retorno de dos de los tres exiliados a raíz de la represión española contra el Proceso y la aplicación de la amnistía a los condenados por malversación en el Tribunal Supremo en el marco del proceso por el Primero de Octubre. Ambos son efectos directos o indirectos de la aplicación de la ley de amnistía. Sin embargo, no son para nada la resolución definitiva. De hecho, aún queda un exiliado por retornar y todavía hay un buen número de personas, de las 1.384 personas susceptibles de ser beneficiadas por la ley -según el recuento de Alerta Solidària- que esperan la aplicación de la ley del olvido penal para el independentismo.
Dos de los ejemplos más clamorosos son, por un lado, el caso de Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, con su caso encallado en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Pero, sobre todo, aún continúan procesos abiertos a independentistas que participaron en diversas protestas relacionadas con el Proceso, como las que estallaron a raíz de la sentencia del Supremo o conmemoraciones del Primero de Octubre. De hecho, los procesados en la operación Judas supieron este viernes al mediodía que estaban amnistiados aunque esperaban la resolución de la Audiencia Nacional desde el pasado 15 de octubre. Vale decir que la fiscalía insistía en aplicarla porque, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 16 de julio, a preguntas del mismo tribunal, eran «habas contadas».
Amnistía que arrastra los pies
El regreso del consejero Lluís Puig a Cataluña, para tomar físicamente su escaño en el Parlamento después de una calurosa bienvenida en Terrassa y el paso de Toni Comín por Madrid, con el fin de prometer la Constitución para tomar el acta de eurodiputado, han sido dos gestos de cierto simbolismo. Sin embargo, ninguno de los dos ha regresado por la aplicación directa de la ley de amnistía a sus causas personales. Tanto es así que el líder del exilio, el presidente Carles Puigdemont, aún no se ha movido de Waterloo. Los tres esperan que su caso se cierre por la amnistía definitiva y el archivo y sobreseimiento de la causa. La pelota ahora la tiene el magistrado instructor del Proceso, Pablo Llarena, aunque en su auto por el cual retiraba de manera definitiva las órdenes de detención, parecía dejar la decisión en manos de la sala penal del Supremo. Llarena levantó las órdenes haciendo una aplicación analógica de la sentencia del Tribunal Constitucional que estimaba el recurso de amparo de la consejera Dolors Bassa. Sin embargo, dejaba muy claro que la decisión no presuponía la aplicación de la amnistía y anunciaba que quedaba pendiente de lo que decidiera la sala penal.

Desde el miércoles las dudas se han despejado, ya que la resolución de la cual fue ponente Manuel Marchena aplicaba la amnistía -con reproches al Tribunal Constitucional- a los condenados por malversación en el juicio del Proceso. Así, Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa ya tienen la amnistía en el saco y pueden volver a la circulación de la política institucional, gracias al aval definitivo de la amnistía de la sala penal. Los abogados de Puigdemont, Puig y Comín esperan la última decisión de Llarena, que se hace esperar. Por un lado, siguiendo el texto de la ley, podría aplicarla perfectamente aplicando el criterio del tribunal sentenciador. Si se ha exonerado de responsabilidad a los condenados, con más razón debe aplicarse a los que aún no han sido juzgados. Y, por otro lado, hay la remota posibilidad de que Llarena prepare un incidente de ejecución o practique indagatorias para cerrar el sumario y elevarlo a la sala penal para que sea el tribunal sentenciador el que acabe aplicando la ley.
Jové y Salvadó, con Barrientos en frente
Uno de los casos más clamorosos, que incluso para algunos juristas rozaría el escándalo, es el procedimiento contra Josep Maria Jové, actual líder de ERC en el Parlamento, y Lluís Salvadó, gerente de ERC. Ambos fueron investigados por el Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona en la causa madre del Proceso, que, una vez fueron procesados como diputados, se elevó, por aforamiento, a la sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Una vez se aprobó la amnistía, el entonces presidente del tribunal y de su causa, Jesús María Barrientos, uno de los más descaradamente beligerantes contra el Proceso y con la amnistía, detuvo su aplicación planteando cuestiones prejudiciales ante el TJUE. Una decisión acordada con los magistrados Fernando Lacaba y Carlos Ramos, que completaban el tribunal.

El 16 de julio, el TJUE solo se pronunció sobre dos de los cuatro casos que tiene sobre la mesa. El de la operación Judas -por la gravedad de los delitos- y el presentado por el Tribunal de Cuentas, que afectaba a una cuarentena de procesados y englobaba todos los conceptos y matices de la malversación a través de un juicio por responsabilidad contable. De los dos casos se celebró vista oral. Pero, en cambio, del caso de Jové y Salvadó, y el caso impulsado Juzgado Penal 3 de Vilanova i la Geltrú –un caso de una desobediencia por negarse a quitarse el lazo amarillo mientras formaba parte de una mesa electoral– aún no tienen respuesta. De hecho, el TJUE esperaba que con la sentencia a las dos primeras cuestiones prejudiciales, con las que avalaba que la ley de amnistía no contrariaba el derecho europeo, la aplicación de la amnistía sería automática en todas las causas pendientes.
Mantener la causa abierta
Inmediatamente después de la sentencia del TJUE, Barrientos pidió a las partes su opinión sobre la resolución que avalaba la ley del olvido penal para el independentismo en el ámbito europeo en el caso de Jové y Salvadó. El 31 de julio, el teniente fiscal de la Fiscalía Superior de Cataluña, Pedro Ariche, presentaba un escrito donde no se oponía a la aplicación de la amnistía y entendería que se retiraran las prejudiciales, pero lo dejaba en manos del juez, por si consideraba que el caso no se podía aplicar por analogía. En resumen, se quedaba en una posición equidistante.
La brecha de Ariche la aprovechó Barrientos –que ya no es ni presidente del TSJC y perdió las opciones de vestir la toga del Tribunal Supremo– para negar la aplicación de la amnistía, de momento, y mantener las prejudiciales. En su auto del pasado 4 de septiembre, argumentaba que la “naturaleza de los procedimientos de los tribunales estatales que plantearon las cuestiones prejudiciales ya resueltas por el TJUE difieren radicalmente de la naturaleza de este procedimiento”. Por lo tanto, mantenía el sumario abierto.

Ahora las defensas plantean que es necesario aportar al TSJC la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 6 de octubre, así como los autos de Llarena y el de la sala penal del Tribunal Supremo, que incluso razonan que la amnistía debería ser casi automática para los cargos intermedios acusados de malversación. Al fin y al cabo, la malversación por la que fueron condenados es la misma por la que han quedado exonerados sus superiores políticos y los procesados por el Tribunal de Cuentas. Teniendo en cuenta que Junqueras era el cargo institucional del que dependían, como secretarios generales de Vicepresidencia y de Economía, Jové y Salvadó, el archivo debería ser inmediato. Además, el Supremo lo ha aplicado al resto de procesados siguiendo el caso de Dolors Bassa, no con el recurso de amparo de Junqueras. De hecho, una de las opciones que se contempla es presentar las resoluciones también ante el TJUE para acelerar su decisión sobre las prejudiciales si el caso sigue durmiendo el sueño de los justos.
Los casos soterrados
Según la última estadística de Alerta Solidària que a lo largo de los últimos dos años ha ido fiscalizando la aplicación de la ley, hay que hacer dos grupos: manifestantes y activistas y políticos. En cuanto a manifestantes y activistas, tenían contadas 1.227 personas susceptibles de ser exoneradas. Pero hay que poner la lupa. De estos, a 889 no les hace falta la amnistía por diversos motivos. En concreto, 638 han sido archivados; 166 han tenido una sentencia absolutoria; 77 han sido condenados pero han rechazado la amnistía y 8 que tienen pendiente la sentencia o el juicio pero rechazan solicitarla.
En el mismo grupo, tienen reconocida la amnistía 189 personas que se encontraban en diferentes situaciones procesales: o bien en instrucción, pendiente de juicio o bien ya condenadas. En cambio, en 77 casos se ha negado la aplicación, de estos curiosamente, ha habido cinco que han sido juzgados y finalmente absueltos. En cambio, en 29 ocasiones ha sido negada antes del juicio y ha terminado en condena; en 15 casos que ya habían sido condenados se ha rechazado su aplicación como los dos casos de dos encarcelados. Aún quedan 13 casos pendientes de resolver y 51 por instar.

En el grupo de los políticos, se han otorgado 121 amnistías y se han denegado 26. Aún quedan pendientes 5 peticiones: Josep Rull, Carme Forcadell, Joaquim Forn, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Entre las denegadas se incluyen los trece procesados de la causa Volhov; los tres condenados por la consulta del 9-N -Artur Mas, Joana Ortega e Irene Rigau- al considerar que tenían la pena agotada y, por tanto, no eran amnistiables; Eulàlia Reguant, que a pesar de rechazarla, la fiscalía la instó y el Supremo la negó. Y, en última instancia, Roser Clavell y Albert Royo, los dos últimos de la causa del Juzgado 13, que los mantienen sin amnistía por un contrato de limpieza. La perspectiva es que la amnistía les sea concedida en un tribunal superior.

