Siete años de pesadilla han terminado para los CDR investigados en el marco de la operación Judes. La sala penal que preside el magistrado Félix Alfonso Guevara ha decidido sin más dilaciones aplicar la amnistía a todos los procesados en aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que desestimó sus cuestiones prejudiciales. Es decir, las dudas inducidas por una de las acusaciones al Tribunal sobre si en una instrucción judicial por delitos de terrorismo se podía aplicar la amnistía sin contravenir el derecho de la Unión. El TJUE lo avaló el pasado 16 de julio. Más de tres meses después, la sala penal ha aplicado la ley del olvido penal para el independentismo a los encausados.
En la resolución de archivo, la sala concluye que a la vista de la resolución del TJUE la ley de Amnistía «aprobada para reducir tensiones institucionales y facilitar un escenario de reconciliación, no compromete el efecto útil de la Directiva 2017/541 relacionada con la lucha antiterrorista». Por tanto, no ven ningún impedimento para aplicar la ley del olvido penal para el independentismo. De hecho, la fiscalía había defendido el archivo de la causa porque después de la sentencia del TJUE eran «favas contadas».

Siete años de la redada
Hace un mes se cumplieron siete años de lo que se denominó la operación Judes. Una redada de la Guardia Civil en connivencia con la fiscalía antiterrorista y la Audiencia Nacional. Era la madrugada del 23 de septiembre de 2019 cuando, a tres semanas de que el Tribunal Supremo dictara la sentencia del Procés, se realizó una serie de detenciones de integrantes de lo que eran los Comités de Defensa de la República (CDR), en varios municipios catalanes, especialmente en Sabadell, acusados de delitos de terrorismo. De hecho, la fiscalía generó un nuevo concepto, la figura de los llamados ERT, acrónimo de unos inéditos “Equipos de Respuesta Táctica”. Era un aviso en toda regla a la espera de los disturbios que podrían encenderse por la sentencia.
La instrucción continuó adelante. La investigación del caso fue a parar al Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, entonces en manos del magistrado Manuel Garcia Castellón, ahora ya jubilado, que llevó a cabo una instrucción accidentada y con varios reveses por parte de la sala de apelaciones por vulneración de derechos fundamentales. Con el paso de los años, uno de los acusados quedó eximido por enfermedad, todos salieron de las prisiones donde permanecían provisionalmente e incluso, algunos obtuvieron permiso de la Audiencia Nacional para salir del Estado.

El aval del TJUE
Pero las acusaciones continuaron aunque se limitó lo que se podría utilizar en la incriminación del sumario de la causa. De hecho, la fiscalía pedía hasta veintisiete años de prisión y las acusaciones populares hasta treinta y tres años. La ley de amnistía terminó de remachar el clavo. Pero la sala penal decidió presentar una cuestión prejudicial para aclarar si el concepto de terrorismo que la ley preveía estaba de acuerdo con el derecho europeo.
El 16 de julio, la gran sala del TJUE avalaba la conformidad de la ley del olvido penal con la normativa europea sobre terrorismo y daba el visto bueno a su aplicación al caso Judes. Ahora en una resolución bastante contundente, y con el aval del ministerio fiscal, los magistrados han archivado el caso y han aplicado la ley. Un detalle nada menor es que el magistrado Guevara es de los pocos integrantes del Poder Judicial que puede afirmar que ha aplicado dos amnistías. Él aplicó una derivada de la ley de amnistía de 1977.

