El Gobierno ha aprobado este martes el Decreto del régimen lingüístico del sistema educativo, que desarrolla los principios marcados a la Ley de Educación de Cataluña (LEC). Entre las novedades del nuevo decreto hay que los docentes de centros educativos de enseñanza no universitaria tienen que acreditar el conocimiento superior de oral y escrito, es decir, el C2 de la lengua catalana para poder acceder a la docencia a partir del curso 2025-26 -una medida que ya se ha puesto sobre la mesa diversas veces. Ahora bien, esta obligatoriedad se aplicará, según queda recogido en el artículo 28 del acuerdo de gobierno, «según el departamento competente en materia educativa», en función «de los procedimientos de selección de directores», «la adscripción a un puesto de trabajo docente en comisión de servicios» o «cualquier otro procedimiento que implique una promoción docente o un cambio de puesto de trabajo o cuerpo funcionarial, provisional o definitivo, mediante cualquier de los sistemas de provisión de puestos de trabajo». Es decir, en otras palabras, en los procesos de cambio de lugar de trabajo.
En cambio, en cuanto a los alumnos, el Departamento de Educación, todavía en manos de la consejera en funciones Anna Simó, tiene que establecer las equivalencias entre el nivel de conocimiento de las lenguas logrado en el sistema educativo y los del marco europeo común de referencia. Este mismo acuerdo establece que la consejería tiene que marcar diferentes programas de inmersión lingüística para la educación básica, con los recursos necesarios en cada etapa, y tiene que garantizar la formación del personal docente en esta metodología.

Reforzar la seguridad jurídica en los centros
El acuerdo aprobado por el Gobierno establece el catalán como lengua «normalmente empleada como vehicular» y de aprendizaje del sistema educativo y en la acogida de los alumnos recién llegados. Lengua vehicular que también se aplicará en las actividades educativas, incluidas las extraescolares; las comunicaciones internas de los centros y en la proyección externa y de relación con el resto de la comunidad educativa. Todo este nuevo decreto aprobado se enmarca en la ley que se elaboró en 2022 sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria y, también, en el decreto ley del mismo año por el cual se fijan los criterios para elaborar, aprobar, validar y revisar los proyectos lingüísticos de los centros.
Uno de los principales puntos del decreto es que se precisa como elaborar, aprobar, evaluar y revisar los proyectos lingüísticos de centro (PLC). Según queda estipulado, este proyecto tiene que incluir los indicadores de evaluación de las lenguas, el proceso de enseñanza y aprendizaje de cada lengua, las medidas de atención lingüística para el alumnado recién llegado y la formación del profesorado en la mejora de la competencia lingüística. Para elaborar este proyecto, la consejería de Educación -la que conforme el nuevo gobierno- proporcionará «asesoramiento» en los centros educativos y, posteriormente, los validará el documento. El objetivo de esta decisión es destensar las direcciones de los centros: «El departamento es quien tiene que asumir la responsabilidad sobre la legalidad en todos los casos que valide, y no las direcciones de los centros», apuntan desde la consejería.