El Tribunal Supremo español ha secundado la entidad españolista ‘Impulso Ciudadano’ al confirmar que la Generalitat de Cataluña no puede colgar a su balcón una pancarta con el lazo amarillo y reclamando la «Libertad de los presos políticos y exiliados» en catalán y en inglés. El alto tribunal español considera que tampoco lo puede echar del periodo electoral y asegurado que no entra en el marco de la libertad de expresión que defendía el expresidente Quim Torra, según explica el ACN.

Quim Torra en el Parlamento / ACN

Hechos de después de las elecciones del 2019

Impulso Ciudadano lo había pedido el junio del 2019 cuando, justo después de las elecciones municipales, el Gobierno del presidente Quim Torra lo había vuelto a colocar después de haberla descolgado por los comicios. Antes, pero, el TSJC ya había dado la razón a la entidad constitucionalista y el Supremo ha rechazado el recurso de la Generalitat alegando el «deber de objetividad y neutralidad de las administraciones con relación al uso, incluso ocasional, de símbolos no oficiales al exterior de los edificios».

Deber «de objetividad y neutralidad»

Según el Supremo, “el deber de objetividad y neutralidad que se impone a las administraciones públicas en relación con la utilización, incluso ocasional, de banderas y símbolos no oficiales al exterior de los edificios y espacios públicos, y prohíbe la privatización de espacios públicos, de uso común, mediante su ocupación por elementos que puedan representar una opción partidista con vulneración de los principios mencionados». De esta forma el tribunal prohíbe los símbolos «partidistas» a las instituciones y a las administraciones públicas y se remite a su doctrina y jurisprudencia.

De hecho, el Tribunal Supremo asegura que este hecho no entra en el marco de la libertad de expresión que defendía Quim Torra. Según dice, las instituciones públicas o sus órganos no son objeto de este derecho y no pueden equipararse a la posición de los ciudadanos.

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