El Tribunal Supremo ha admitido a trámite una denuncia de Sociedad Civil Catalana (SCC) contra Yolanda Díaz por haberse reunido con Carles Puigdemont, que está exiliado en Bélgica desde 2017. La entidad españolista considera que Puigdemont está huido de la justicia y acusa a la vicepresidenta en funciones del gobierno español y líder de Sumar de “faltar a la obligación de su cargo”. Díaz y Puigdemont se reunieron en Bruselas el pasado 4 de septiembre como un primer contacto para acordar una ley de amnistía en el marco de las negociaciones para investir a Pedro Sánchez.

Sociedad Civil Catalana basa su denuncia contra Yolanda Díaz en el artículo 408 del Código Penal, que estipula que «la autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejara intencionadamente de promover la persecución de los delitos de los cuales tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para ocupación o cargo público por tiempo de seis meses a dos años».

Puigdemont y Yolanda Díaz se reúnen en Bruselas / EP

El argumento “fraudulento” de Díaz para justificar la reunión con Puigdemont

La entidad españolista ha explicado en un comunicado que el Supremo ha aceptado revisar la denuncia y considera “fraudulento” que Díaz se escudara en un viaje a “título personal” para justificar el encuentro. En su momento, el PSOE también se desmarcó de la reunión y dijo que no tuvo constancia hasta el momento del viaje de la vicepresidenta en funciones. SCC considera que “siempre prevalece el cargo institucional que un dirigente político ostenta” y que es imposible no representar el gobierno del cual forma parte. Por eso acusan a Díaz de dejar de “promover la persecución de personas encausadas por delitos gravísimos”.

Así mismo, Sociedad Civil Catalana asegura que la “prueba de que fue [a la reunión] en representación del ejecutivo en funciones es que la vicepresidenta no fue destituida de su cargo a pesar de hacer una ostentación pública de la normalidad de su largo encuentro con Puigdemont y otros fugitivos por la causa del proceso”.

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