Este martes empieza el debate a la totalidad de la proposición de ley orgánica de la ley de amnistía. Un texto pactado en el marco de las negociaciones para la investidura del socialista Pedro Sánchez, facilitada por ERC, Sumar, Podemos, Bildu y PNB. Además, el mismo plenario que tiene que dar el pistoletazo de salida a la tramitación de la ley también aprobará otra cuestión capital para entender los pactos y el marco y la aplicación de la amnistía a los independentistas. En concreto, una de las dos comisiones de investigación sobre la Operación Cataluña —a la cual seguramente se incorporará la comisión pedida sobre el espionaje con Pegasus, tal como reclama el PSOE. La otra comisión que se aprobará es la de los atentados del 17-A, una insistente reclamación política desde Cataluña.

La ley de amnistía y sus enmiendas van muy ligadas a la comisión sobre la Operación Cataluña. Por un lado, porque las enmiendas tienen que servir para perfilar algunos conceptos que hoy por hoy pueden ser ambiguos en el redactado. Y, por otro lado, tiene que servir para profundizar qué casos contra independentistas se pueden meter en el concepto de lawfare o guerra judicial en los últimos diez años: a pesar de que este concepto no se menciona directamente, la proposición de ley está impregnada de la filosofía de apartar del terreno judicial el conflicto político. Por lo tanto, la investigación parlamentaria sobre la operación de las alcantarillas por entorpecer el Procés soberanista ayudaría a clarificar y registrar en qué casos hubo víctimas de lawfare que merecerían ser amnistiadas.

De hecho, el Consejo General del Poder Judicial recordó el pasado 5 de diciembre que se mantendrá vigilante a las “comisiones de investigación”, puesto que ve que pueden convertirse en las rendijas para resaltar los casos de lawfare que la judicatura y el ministerio fiscal niegan que existan.

Qué pasa con la responsabilidad civil de los condenados que sean amnistiados, qué son exactamente los delitos de terrorismo que se tienen que excluir de la amnistía, qué pasa con las multas y sanciones por la ley de seguridad ciudadana –la ley mordaza– que tengan que quedar sin efecto, pero que ya hayan sido pagadas y como se aplica la suspensión de los procesos por una cuestión de inconstitucionalidad serán otros elementos que tendrán que ser revisados en trámite de enmiendas.

El presidente español, Pedro Sánchez, antes de ser investido en el Congreso / Europa Press

Revisar causas contra independentistas

El pacto subscrito entre el PSOE y Junts por Cataluña hacía una mención exprés al lawfare en el apartado que justificaba la amnistía. “En este sentido”, aseguraba el acuerdo, “las conclusiones de las comisiones de investigación de esta legislatura se tendrán en cuenta en la aplicación de la ley de amnistía”. Así, subrayaba que se tendrán en cuenta “en la medida que se puedan derivar situaciones comprendidas en el concepto lawfare o judicialización de la política, con las consecuencias que, si se tercia, puedan dar lugar a acciones de responsabilidad o modificaciones legislativas”. De hecho, para Junts es absolutamente imprescindible que en la rueda de la amnistía entren los casos de lawfare.

Es decir, las conclusiones de las comisiones que se aprueben este martes, y que se constituyan, como está previsto, el 19 de diciembre, serán claves para aclarar el alcance de la ley que exonera de responsabilidades penales. Con este algoritmo es con el que trabajan ahora los negociadores y los técnicos de los partidos para detallar y dar seguridad jurídica a aquellos casos susceptibles de interpretar que los implicados son víctimas de la guerra judicial contra el independentismo. Eso sí, con suficiente delicadeza porque el poder judicial, que se soliviantó al ver este concepto negro sobre blanco, no entienda el texto que se apruebe como una revisión de su trabajo. Es decir, que no se interprete que el Congreso, como poder legislativo, fiscaliza la acción de los tribunales. De aquí la importancia de la interpretación y las conclusiones políticas de las comisiones.

Una de las fórmulas que podría entrar a través de las enmiendas es como se ha resuelto la amnistía para los agentes del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil que actuaron durante el Primero de Octubre en Cataluña. En este punto, la exposición de motivos abre camino en el artículo primero del texto, que delimita el ámbito objetivo de la amnistía —es decir, quien amparo—, en referencia a la repercusión que tiene para los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado que actuaron contra el Proceso. “Conviene precisar”, dice la exposición de motivos, “que el hecho que esta ley extienda la amnistía a las acciones delictivas que se habrían ejecutado en la defensa de la legalidad y de la orden constitucional no supone ningún demérito o ningún reproche para los colectivos concernidos”. “En ningún caso no implica la criminalización de los funcionarios que intervinieron en defensa del orden público”, insiste el texto que empieza su singladura. Una idea que se podría incorporar, según fuentes parlamentarias, a los “operadores del poder jurisdiccional, como la fiscalía o el poder judicial”.

Acotar el terrorismo

Otra de las preocupaciones que ha surgido desde la presentación del texto es la entrada en juego del concepto de terrorismo. La calificación del fiscal de la Audiencia Nacional para los doce acusados de terrorismo de la Operación Judas ha disparado las alarmas. De hecho, el ministerio público les pide 27 años de prisión y la acusación particular, 33. Una interpretación que ha hecho despertar los negociadores independentistas para delimitar con más precisión la amnistía con relación a los casos con acusaciones de terrorismo, por no dejarlo a criterio únicamente de la fiscalía. Y más cuando se da el caso que el mismo fiscal de la Operación Judas no ve terrorismo en el caso de Tsunami Democrático, donde constan como imputados el presidente al exilio, Carles Puigdemont, y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, también al exilio. Una postura del fiscal que es nueva –curiosamente, en julio sí que veía terrorismo en el caso del Tsunami– y que topa frontalmente con la del juez instructor, el titular del juzgado central de instrucción número 6 de la Audiencia Nacional.

En este caso, los negociadores tienen que hacer punta al lápiz para perfilar con más cura el apartado c) del artículo 2, que regula las exclusiones. Actualmente, este apartado regula que serán excluidos «los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados al Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal, siempre que haya recaído sentencia firme y hayan consistido en la comisión de alguna de las conductas descritas en el artículo 3 de la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo del 2017». Así, consideran que se tiene que delimitar todavía más técnicamente esta exclusión pensante en el caso Judas o en el de Tsunami Democrático. A pesar de que el redactado ya deja claro que hace falta que haya sentencia firme, la segunda parte dejar margen a las interpretaciones extensivas de la exclusión cuando aduce «conductas descritas en la directiva» antiterrorista de la Unión Europea. En definitiva, porque los imputados en estos dos casos en que el juez se emperra a poner la etiqueta de terrorismo pudieran verse incluidos en la amnistía, la ley tendría que precisar más cuando se refiere a las conductas enjuiciadas y dejar claro que hay de haber tres elementos: voluntad, duele –intención de hacer daño– y resultado.

El eurodiputado de Juntos, Carles Puigdemont, saliendo del pleno de Estrasburgo / ACN

Multas y responsabilidad civil

Otro de los puntos importantes de la ley es el retorno de las multas impuestas. La proposición de ley determina que no se devolverán los importes ya pagados en concepto de multas o sanciones impuestas, por ejemplo, por la ley mordaza o por ordenanzas municipales. Una condición que han puesto en entredicho desde la Caixa de Solidaridad, que reclama el retorno de los importes pagados, o Òmnium, que esperaba incluir en la amnistía los euros abonados por estos conceptos.

Por otro lado, los impulsores del texto también se han conjurado para mantener la responsabilidad civil tal como recoge la proposición. En este sentido, el actual redactado permite reclamar la responsabilidad civil, pero fuera de la jurisdicción penal y siempre que sea para particulares. Justo es decir, que desde el PP y Vox veían en este punto una rendija para entorpecer la aplicación de la ley, al considerar que se impone una obligación extra a los que quieren reclamar algún daño perpetrado, por ejemplo, durante alguna protesta independentista, como por ejemplo, la crema de un vehículo.

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