La presidenta del Parlamento suspendida, Laura Borràs, y ahora condenada a cuatro años y medio de prisión y 13 de inhabilitación por fraccionar contratos cuando dirigía la Institución de las Letras Catalanas (ILC), ha anunciado recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El recurso, anunciado con un escrito de cuatro páginas al que ha tenido acceso El Món, alega varias infracciones de ley y vulneraciones de derechos fundamentales como el derecho a la tutela judicial efectiva. El escrito también indica que se ha producido un error en la valoración de las pruebas.
Así mismo, el escrito considera que se han registrado infracciones de ley que permiten recurrir ante la sala de lo penal del Supremo. De hecho, alegan todos los motivos que la ley de Enjuiciamiento Criminal, en los artículos 849, 850, 851 y 852, marcan para poder interponer el recurso. En este sentido, por el contenido del anuncio y tal y como se expresó en la vista oral, la intención de la defensa de Borràs, dirigida por Gonzalo Boye e Isabel Elbal, prepara la arquitectura jurídica para recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Ni fiscalía ni el resto de partes presentarán recurso.

Vulneraciones de todo tipo
En el escrito de anuncio, Borràs alega las vulneraciones de derechos fundamentales que durante el juicio fueron pronunciadas tanto en las cuestiones previas -desestimadas- como en la fase de conclusiones. Así, remarca que entiende que se le han vulnerado los derechos al juez predeterminado por ley, de un juez imparcial, al derecho a la presunción de inocencia, al derecho a la tutela judicial efectiva, al derecho de defensa, al secreto de las comunicaciones, a la protección de la intimidad y a la protección del entorno virtual, a un proceso judicial con garantías, del principio de legalidad, al derecho de libertad personal, al principio de proporcionalidad y la vulneración de representación y participación política.
En este contexto también entiende que se ha aplicado indebidamente el artículo 404 del Código Penal que determina y regula el delito de prevaricación. Ahora Borràs debe esperar al testigo de la sentencia y una vez formalizado el proceso, presentar el recurso ante el Tribunal Supremo. El voto particular y el reconocimiento de la desproporción de la pena, expresada por el Tribunal en su petición de indulto parcial, dejan recorrido al recurso.
