Sonoro golpe de la Sala Penal de la Audiencia Nacional a la organización HazteOir.org y su ofensiva contra el PSOE. Los magistrados, en un auto de nueve páginas al que ha tenido acceso El Món, han desestimado el recurso presentado por la asociación HazteOir.org contra el auto dictado por el magistrado instructor del Tribunal Central de Instrucción número 6, Antonio Piña, en el que acordaba inadmitir una querella contra el expresidente del gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por delitos de blanqueo de capitales, organización criminal y tráfico de drogas en relación con su vinculación con el presidente de Venezuela Nicolás Maduro.
La resolución durísima contra HazteOir, que actúa como fiscalía en la sombra, destaca que la querella relata una serie de «conclusiones especulativas» sobre el conocimiento y cooperación de Zapatero en unas supuestas actividades delictivas. En este sentido, los togados no pierden la oportunidad de aleccionar a los servicios jurídicos de la asociación ultraconservadora recordando que la tipificación penal de los hechos debe hacerse sobre los «hechos relatados en la querella» y no «sobre los hechos objeto de la querella». Así mismo, los jueces recuerdan que en España, las investigaciones prospectivas están prohibidas.

Ninguna actuación concreta
En el mismo sentido, el auto critica con firmeza que la querella «no ha sido capaz de describir una actuación concreta que pudiera imputarse al querellado que fuera delictiva». «La querella se limita a hacer acusaciones genéricas, indeterminadas y sin ningún soporte fáctico objetivable», desglosan los magistrados. Así acusa la querella de utilizar «informaciones periodísticas sesgadas y propias de una valoración de crítica política sin ningún nivel de verosimilitud». En la misma línea, interpreta que la querella solo busca abrir una «causa general y prospectiva» contra Zapatero.

