Decisión formalizada. Tal como había anunciado ha interpuesto un recurso de apelación contra la interlocutoria del magistrado del juzgado central de instrucción 6, Manuel García Castellón, que considera la causa del Tsunami Democrático de terrorismo. En su escrito, al que ha tenido acceso El Mundo, el ministerio público concluye que la Audiencia Nacional no es competente, porque los indicios, las pruebas y las investigaciones no cuadran con un delito de terrorismo por los que es un tribunal especializado.

El recurso, firmado por el fiscal en ningún antiterrorismo de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, carga contra la interlocutoria dictada lunes de esta semana con que imputaba, entre muchos otros, el presidente al exilio Carles Puigdemont, la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y el secretario del Parlamento, Rubén Wagensberg. El fiscal entiende que las actuaciones llevadas a cabo en el marco de las diligencias incoadas hace cuatro años no han permitido encontrar elementos que permitan «sostener la existencia de una organización o grupo criminal, ni tampoco su carácter terrorista que es el que justificaría la competencia de la Audiencia Nacional».

Una imagen de la protesta del Tsunami en la Jonquera ahora hará cuatro años/Quico Sallés
Una imagen de la protesta del Tsunami en la Jonquera ahora hará cuatro años/Quico Sallés

El fiscal no se traga el informe de la Guardia Civil

El escrito es especialmente llevar contra el informe de la Unidad Central Especial 3 del Servicio de Información de la Guardia Civil con que el juez se ha basado por el procesamiento. El fiscal considera que el atestado no recoge pruebas para acreditar «jerarquías, ni distribución de funciones entre los investigados, ni la existencia de un órgano directivo, ni tampoco la perpetración concertada de diferentes hechos delictivos». Es decir, no hay ninguno de los «requisitos necesarios, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para encontrarnos ante una organización criminal».

En este marco, el ministerio público interpreta que los únicos hechos delictivos que podría deducir serían los registrados al aeropuerto del Prat y al lugar fronterizo de la Jonquera, constitutivos de desórdenes públicos graves, después de la derogación de la sedición. El fiscal va por trabajo e interpone recurso directo de apelación, porque considera «estéril la interposición previa de recurso de reforma», que tendría que decidir el mismo juez. De hecho, la decisión de la fiscalía se intenta neutralizar con personaciones de entidades como por ejemplo Vox o Sociedad Civil Catalana.

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